Decreto Nro. 588 - EX-2022-01246448-GDEMZA-SSP

EmisorMINISTERIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA
Fecha de la disposición20 de Abril de 2022

MENDOZA, 20 DE ABRIL DE 2022

Visto el Expediente N° EX-2022-01246448-GDEMZA-SSP, mediante el cual se tramita la ratificación del convenio celebrado entre la Secretaría de Servicios Públicos y la Universidad Tecnológica Nacional- Facultad Regional Mendoza, para la auditoría del sistema de revisión técnica de vehículos de transporte de pasajeros y de cargas, y centros de revisión técnica obligatoria de vehículos de uso particular de jurisdicción provincial, y

CONSIDERANDO:

Que el convenio referido fue celebrado en fecha 30 de marzo de 2022 entre la Secretaría de Servicios Públicos, representada por el Señor Secretario de Servicios Públicos, Doctor Natalio Luis Mema Rodríguez, y la Universidad Tecnológica Nacional- Facultad Regional Mendoza, representada por su Decano, Ingeniero José Balacco ad referéndum del Rector, Ingeniero Rubén Soro.

Que el acuerdo de referencia establece, entre sus aspectos esenciales, que la Universidad inspeccionará los talleres de vehículos de transportes de pasajeros y cargas y los centros de revisión técnica obligatoria de vehículos de uso particular para constatar el cumplimiento del procedimiento de revisión técnica en los vehículos, de acuerdo a los estándares estipulados, realizando las tareas de auditoría que se detallan en los Artículos 4° y 5° y presentará a la Secretaría de Servicios Públicos un informe mensual de las inspecciones realizadas con un detalle de las observaciones, desvíos y recomendaciones del caso.

Que la Secretaría de Servicios Públicos, por su parte, se compromete a pagar a la Universidad la suma de Pesos Veinticuatro Millones ($24.000.000) en diez cuotas mensuales y consecutivas de Pesos Dos Millones Cuatrocientos Mil ($2.400.000).

Que la vigencia del convenio se pacta por el término de dos años desde la fecha de su firma.

Que el convenio firmado se encuentra afectado por un vicio leve conforme al Artículo 77 Inciso b) de la Ley N° 9003, y resulta, por tanto, susceptible de saneamiento mediante ratificación, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 78 de la mencionada ley.

Que a Orden N° 5 se encuentra agregada la excepción prevista por el Artículo 8 del Decreto Acuerdo N° 35/2022.

Que a Orden N° 4 obra incorporado el volante de imputación preventiva que acredita la existencia de crédito presupuestario para hacer frente a las obligaciones asumidas, con autorización por Contaduría General de la Provincia a...

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