Decreto Nro. 578 - EX-2020-01769946--GDEMZA-MSDSYD - CONVENIO DE COBERTURA DE SERVICIOS MÉDICOS - OSEP

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición28 de Abril de 2020

MENDOZA, 28 DE ABRIL DE 2020

Visto el expediente EX-2020-01769946--GDEMZA-MSDSYD, en el cual se solicita aprobar el CONVENIO DE COBERTURA DE SERVICIOS MÉDICOS, celebrado entre el MINISTERIO DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES, representado por su Ministra Farm. Ana María Nadal y la OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS DE MENDOZA, representada por su Director General Dr. Carlos Funes; y

CONSIDERANDO:

Que el objeto del citado Convenio es el de otorgar cobertura de salud a todas las personas que indique el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y que se encuentren bajo la modalidad de contratación de servicios personales para prestaciones indispensables o locación de servicios, afectados a cumplir tareas conforme a la Emergencia Sanitaria declarada por Decreto Nº 359/20 y Decreto-Acuerdo Nº 401/20, ratificados por Ley Nº 9220;

Que en el mismo rige la modalidad de cobro de las contribuciones de las personas contratadas bajo la modalidad mencionada anteriormente, que se afiliarán a “OSEP” en el sistema de Afiliación Voluntaria, de conformidad a las disposiciones del Decreto–Ley Nº 4373/63, sus modificatorias y ampliatorias;

Que el Estado tiene el deber de llevar adelante acciones positivas para garantizar el derecho a la salud de las personas, establecido en los Artículos 33, 41, 42, 75 inciso 22 y 75 inc. 23 de la Constitución Nacional y en la Declaración Americana de los Derechos del Hombre, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, entre otros instrumentos internacionales que integran el bloque constitucional;

Que es correcto afirmar que el Convenio propuesto constituye una acción positiva para garantizar el derecho a la salud de un grupo de personas, que prestan sus servicios durante la emergencia sanitaria declarada en virtud de la pandemia por COVID-19, con los riesgos adicionales que ello implica;

Por ello, en razón de lo solicitado, la conformidad de la Dirección General de Administración, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y en virtud de lo establecido en los Arts. 3º inc. 9) y 19 de la Ley Nº 9206,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébese el CONVENIO DE COBERTURA DE SERVICIOS MÉDICOS, celebrado entre el MINISTERIO DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y...

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