Decreto Nro. 567 - EX-2019-1291118-GDEMZA-SSP CONTINUIDAD PRESTACIÓN SERVICIOS PERSONALES AGENTES DE LA S.S.P

EmisorMINISTERIO ECONOMÍA, INFRAESTRUCTURA Y ENERGÍA
Fecha de la disposición29 de Marzo de 2019

MENDOZA, 29 DE MARZO DE 2019

Visto el Expediente N° EX 2019-01291118-GDEMZA-SSP, en el que se tramita la necesidad de asegurar la continuidad en la prestación de servicios personales de los agentes de la Secretaría de Servicios Públicos bajo diferentes modalidades, a partir del 01 de abril de 2019; y

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto Acuerdo N° 2325/18 se dispuso dar continuidad a las adscripciones, adicionales, suplementos y prestaciones de servicios de personas contratadas en Planta Temporaria y bajo los sistemas de Locación de Obras o Servicios, cuyos vencimientos operan el 31 de marzo de 2019, siempre que se encuentren financiadas con Rentas Generales (Financiamiento 000) o con Recursos Afectados de origen provincial, estos últimos en la medida que la efectiva recaudación así lo permita.

Que el Decreto Acuerdo Nº 1267/17, en su Artículo 4º, dispuso que a partir del 1 de noviembre de 2.017, no podrán ser incluidas en cualquiera de las situaciones descriptas en el considerando precedente las personas que sean deudoras morosas del fisco provincial mientras no hayan regularizado su situación.

Que se dispuso la no cobertura de las vacantes de planta permanente producidas en esta gestión, a fin de una mejora constante en la prestación de los servicios mediante la optimización de nuestro personal, llamando a concurso de ingreso en los casos que eran necesarios, luego de la evaluación pertinente.

Que dicha política pública, impone la revisión constante de la asignación de recursos y el tiempo que cada agente presta sus funciones, produciéndose incrementos y bajas en las adiciones de mayor dedicación sin que las mismas impliquen un incremento de la partida de personal.

Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, podrá tramitar directamente ante la Administración Tributaria Mendoza el certificado de libre deuda requerido en el Artículo 4 del Decreto N° 2325/2018, a fin de que sea la propia Administración la que utilice, en el marco de la Ley, la información con la que cuenta.

Que la continuidad dispuesta, debe ser llevada a cabo sin exigencia de otro requisito administrativo o legal que el mantenimiento de idénticas condiciones que las que rijan al 31 de marzo de 2019, en los términos de la última prórroga dispuesta mediante Decreto Acuerdo N° 2325/18, con lo cual se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR