Decreto Nro. 55 - EX-2022-09355395- -GDEMZA-DGPRES#MHYF
Emisor | MINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS |
Fecha de la disposición | 26 de Enero de 2023 |
MENDOZA, 26 DE ENERO DE 2023
Visto el EX-2022-09355395- -GDEMZA-DGPRES#MHYF donde se tramita la distribución a favor de las Municipalidades de la Provincia, de los fondos correspondientes al Canon Extraordinario de Producción y al Canon por Renta Extraordinaria establecidos en los incisos 2º y 12º del artículo 13º Anexo I del Decreto Nº 1547/10 y en los artículos 3º y 4º del Decreto Nº 3089/10, respectivamente; y CONSIDERANDO:
Que la citada normativa dispone que dichos conceptos serán distribuidos entre las Municipalidades de la Provincia en un doce por ciento (12%) de lo efectivamente percibido, aplicando el índice dispuesto en el artículo 2º de la Ley Nº 6396 y sus modificatorias;
Que el artículo 1º del Decreto Nº 2054/11, ratificado por la Ley Nº 8393, establece que dicha distribución se realice en carácter de aporte no reintegrable mediante decreto del Poder Ejecutivo;
Que la recaudación del mes de diciembre de 2022, correspondiente al porcentaje destinado a los municipios, ha sido certificada por Contaduría General de la Provincia y asciende a la suma de $33.399.570,19 de Canon Extraordinario de Producción y de $39.674,26 de Canon por Renta Extraordinaria;
Que el índice aplicado a los efectos de la distribución del concepto indicado, es el correspondiente al ejercicio 2022, fijado mediante la Resolución Nº 201-HyF-22;
Que la recaudación de Canon Extraordinario de Producción y Canon por Renta Extraordinaria, certificada por la Contaduría General de la Provincia, ha superado a la prevista en el Presupuesto 2022 en $33.399.570,19 y $39.674,26, respectivamente;
Que mediante el artículo 93 de la Ley Nº 8701, disposición de carácter permanente según el artículo 45 de la Ley Nº 9356, se autoriza al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones Presupuestarias necesarias, con el objeto de adecuar el Cálculo de Recursos del ejercicio vigente a la mayor recaudación real o esperada y los créditos de su Presupuesto de Gastos, a fin de dar cumplimiento a las disposiciones que establecen la asignación de recursos y/o aportes por la parte que corresponda a las Municipalidades de la Provincia;
Que en el marco de lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley Nº 8706 y su Decreto Reglamentario Nº 1000/15, que autoriza a realizar ajustes por hechos o actos ocurridos hasta el 31 de diciembre con incidencia económica...
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