Decreto Nro. 549 - EX-2018-2427145-GDEMZA-DIC

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición29 de Marzo de 2019

MENDOZA, 29 DE MARZO DE 2019

Visto el expediente N° EX-2018-02427145-GDEMZA-DIC, mediante el cual la Dirección de Informática y Comunicaciones del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, da cuenta del resultado obtenido en la Licitación Pública N° 1001/2019-907, para la contratación de vínculos dedicados para el servicio a internet destinados al Gobierno de la Provincia; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 2273/18, cuya copia obra en Orden Nº 42, se autorizó el llamado a Licitación Pública para la contratación de vínculos dedicados para el servicio a internet destinados al Gobierno de la Provincia.

Que de acuerdo al Acta de Apertura de ofertas obrante en el Orden Nº 57, en la licitación de referencia se calificaron como admisibles las propuestas presentadas por las firmas TELECOM ARGENTINA S.A., CENTURYLINK ARGENTINA S.A., INFORMATICA Y TELECOMUNICACIONES S.A., TELMEX ARGENTINA S.A., ARLINK S.A. y TELEFONICA DE ARGENTINA S.A., en razón de haberse ajustado en un todo a las condiciones dispuestas en los Pliegos que rigieron la Licitación Pública Nº 1001/2019-907

Que conforme a la Evaluación Técnica-Económica en Orden Nº 65 y a la valoración realizada por la Comisión dePreadjudicación designada por el artículo 5º del Decreto Nº 2273/18, en el Acta en el Orden Nº 66 se aconseja adjudicar a la firma CENTURYLINK ARGENTINA S.A, de su Oferta Básica el renglón Nº 1 y a la firma TELECOM ARGENTINA S.A. de su Oferta Básica el renglón Nº 2, por ser más conveniente en términos económicos y técnicos a los intereses del estado provincial.

Que visto que el trámite licitatorio trascendió el año 2.018, la imputación preventiva autorizada por Decreto Nº 2273/18, quedó automáticamente sin efecto al no dar cumplimiento con los plazos establecidos en el cronograma dispuesto por la Contaduría General de la Provincia para el Cierre del Balance Anual del Ejercicio, siendo necesario realizar la afectación correspondiente con cargo al ejercicio 2.019, conforme da cuenta el volante de imputación preventiva del gasto que se adjunta en el Orden Nº 77.

Que dado que la contratación que se propicia comprende presupuestos de ejercicios futuros, dicho servicio debe considerarse incluido en la excepción del Artículo 100, inciso b) de la Ley N° 8706.

Por ello, habiéndose imputado el gasto respectivo, de acuerdo a lo dictaminado por la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno, Trabajo y...

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