Decreto Nro. 537 - ASIGNACION DE FUNCIONES - ING. GRACIELA VIVIANA GATIER

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición29 de Marzo de 2019

MENDOZA, 29 DE MARZO DE 2019

Visto el expediente N° EX-2018-03094115—GDEMZA-DGADM#MHYF, en el cual se gestiona la asignación de funciones inherentes al cargo Clase 012 - Subdirector (Régimen Salarial: 05 - Código Escalafonario: 5-03-01) del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a favor de la Ingeniera GRACIELA VIVIANA GATIER, C.U.I.L. N° 27-17380527-1 y el pago de Suplemento por Subrogancia; y

CONSIDERANDO:

Que la Ingeniera GATIER presta servicios en la Unidad de Financiamiento Internacional (U.F.I.) del Ministerio de Hacienda y Finanzas y revista un cargo Clase 009 – Líder de Proyecto, (Régimen Salarial: 05- Código Escalafonario 5-02-01), Unidad Organizativa: 01.

Que el Suplemento por Subrogancia se encuentra legislado por el Artículo 64 de la Ley N° 5126 y sus modificatorias.

Que en el Orden Nº 13, página 2 del expediente de referencia, obra el Visto Bueno del señor Gobernador de la Provincia.

Que en el Orden Nº 27 del expediente N° EX-2018-03094115—GDEMZA-DGADM#MHYF, Contaduría General de la Provincia otorga el Visto Bueno a los cálculos efectuados por la Subdirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas agregados en el Orden Nº 25.

Por ello, atento lo dispuesto por la Ley N° 5126 y sus modificatorias, el Artículo 27 inciso c) de la Ley N° 9122 y los Artículos 13 y 27 del Decreto-Acuerdo N° 2356/18,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1°

Asígnense las funciones inherentes al cargo Clase 012 - Subdirector (Régimen Salarial: 05 - Código Escalafonario: 5-03-01) del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a favor de la Ingeniera GRACIELA VIVIANA GATIER, C.U.I.L. N° 27-17380527-1 quien se encuentra encasillada en un cargo Clase 009 – Líder de Proyecto, (Régimen Salarial: 05 - Código Escalafonario: 5-02-01), U.O. 01 - Ministerio de Hacienda y Finanzas.

Como consecuencia de lo dispuesto en el párrafo anterior y conforme con lo previsto por el Artículo 64 de la Ley N° 5126 y sus modificatorias, autorícese el pago del Suplemento por Subrogancia a la profesional arriba mencionada a partir del 1° de abril de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2019.

ARTÍCULO 2°

Aclárese que la...

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