Decreto Nro. 43 - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN SARGENTO 1° –PERSONAL POLICIAL- ANDRES EDUARDO BENEGAS CARBALLO

EmisorMINISTERIO SEGURIDAD
Fecha de la disposición11 de Enero de 2019

MENDOZA, 11 DE ENERO DE 2019

Visto el Expediente Nº 391-D-2017-00106; y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones el Sargento 1° –Personal Policial- ANDRES EDUARDO BENEGAS CARBALLO, interpone Recurso de Reconsideración contra el Decreto N° 1975 de fecha 30 de diciembre de 2016;

Que desde el punto de vista formal el recurso resulta interpuesto dentro del plazo y condiciones previstos en los artículos 174 y 177 de la Ley N° 9003;

Que desde el punto de vista sustancial, la Dirección de Capital Humano y Capacitación del Ministerio de Seguridad informa que el funcionario formó parte del tratamiento promocional, obteniendo orden de mérito N° 247 y no fue ascendido en virtud de que para el grado inmediato superior al que aspiraba el peticionante, Sargento Ayudante, existían sólo 246 vacantes;

Que el procedimiento de ascensos ordinarios del personal policial se encuentra previsto en los artículos 181 a 198 de la Ley N° 6722, de los cuales surge en forma implícita la necesidad de la existencia de cargos vacantes para ser promovidos;

Por ello, y lo dictaminado por la Dirección de Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad a fs. 63 y vta., y Asesoría de Gobierno a fs. 65 y vta.,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Admítase en lo formal y rechácese en lo sustancial el Recurso de Reconsideración interpuesto por el Sargento 1° –Personal Policial- ANDRES EDUARDO BENEGAS CARBALLO, C.U.I.L. N° 20-23067209-2, contra el Decreto N° 1975 de fecha 30 de diciembre de 2016, la que se confirma en todas sus partes, por los motivos expuestos en los considerandos.

Artículo 2°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

LIC. ALFREDO V. CORNEJO

DR. GIANNI A. P. VENIER

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