Decreto Nro. 405 - EX-2022-01769637-GDEMZA-MGTYJ

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición31 de Marzo de 2022

MENDOZA, 31 DE MARZO DE 2022

Visto el Expediente Nº EX–2022-01769637-GDEMZA- MGTYJ; y

CONSIDERANDO:

Que en Expediente Nº EX-2022-01769228-GDEMZA-MGTYJ, la Subsecretaría de Trabajo y Empleo solicita la homologación de los acuerdos alcanzados en el ámbito de la negociación colectiva llevada a cabo por los representantes del Ejecutivo y las representaciones sindicales debidamente acreditadas;

Que lo convenido puede ser homologado por cumplir las condiciones de la legislación vigente en la materia y no afectar disposiciones de orden público;

Que a su vez, los acuerdos paritarios sobre el incremento salarial han sido aceptados y en consecuencia, celebrados por las representaciones gremiales, de conformidad con la legislación vigente;

Que en las audiencias realizadas, se acordó con todos los sectores de la Administración Pública Provincial, encontrándose presentes las entidades gremiales que componen la Comisión Negociadora, surgiendo de la expresión de voluntad manifestada en dichos actos, por las entidades sindicales A.T.E.; U.P.C.N.; S.U.T.E.; A.P.O.C.; ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS JUDICIALES DE MENDOZA; A.M.PRO.S.; U.P.J.C.M.; ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS JUDICIALES DE MENDOZA; SI.TRA.VI., que acuerdan el incremento salarial para el año 2022, el que fuera discutido con la representación del Gobierno;

Que por orden judicial no se pudo continuar la negociación con la Subsecretaría de Trabajo y Empleo y con el Fondo para la Transformación y el Crecimiento;

Que por el carácter alimentario que tiene el salario, es justo, razonable y conveniente que se otorgue a dichos sectores de la Administración Pública Provincial, un incremento salarial similar al acordado con todos los sectores públicos;

Que por imperio de las previsiones del Artículo 6 del Decreto Nº 955/04, corresponde que el presente decreto sea sometido a ratificación legislativa;

Por ello y lo dictaminado por Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia en orden 06,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Otórguese, a los agentes de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo; un incremento salarial el que consistirá en: 1.- Una suma mensual, no remunerativa, no bonificable de Pesos siete mil doscientos con 00/100 ($ 7.200,00); la que se transformará en remunerativa NO bonificable a partir del mes de marzo de 2022, computable para el cálculo del Sueldo Anual Complementario y que...

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