Decreto Nro. 401 - AMPLIA EMERGENCIA DECLARADA POR DECRETO 359

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición19 de Marzo de 2020

MENDOZA, 19 DE MARZO DE 2020

Visto Que con fecha 12 de marzo de 2020 se dictó el Decreto Nº 359 que declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio de la Provincia de Mendoza y que la situación de grave emergencia descripta ha motivado que el Gobierno Nacional dicte el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/2020; y

CONSIDERANDO:

Que se ha constatado la propagación de casos del coronavirus (Covid-19) en numerosos países, llegando a nuestra región y a nuestro País;

Que el fenómeno mundial de la pandemia representa un hecho de marcado dinamismo, imponiendo la necesidad de adoptar gran cantidad de medidas en un marco de crisis y emergencia;

Que ante la citada circunstancia, se han adoptado diversas medidas en todos los ámbitos con el objeto de evitar y/o mitigar la propagación de esta enfermedad entre la población de la Provincia;

Que a la emergencia sanitaria declarada se agregan aspectos sociales, administrativos, económicos y financieros, atento la repercusión que la pandemia ha tenido y tendrá en todo el funcionamiento del Estado y en el devenir de la economía mundial, nacional y provincial;

Que en cumplimiento de las medidas tomadas tanto por el Gobierno Nacional como por el Ejecutivo Provincial, la atención de varias áreas administrativas del gobierno se encuentran resentidas lo que implica que ciertos plazos dispuestos por Leyes Provinciales, Decretos y otros actos administrativos no puedan ser cumplidos en tiempo y forma;

Que la urgencia en la adopción de diversas medidas surge en este caso de elementos objetivos e incuestionables y puede corroborarse ni bien se advierte el enorme caudal normativo generado en los últimos días;

Que en ejercicio de la facultad que el Artículo 128 inciso 1) de la Constitución Provincial le confiere al Poder Ejecutivo, le corresponde adoptar todas las decisiones y disponer las medidas conducentes para dar cumplimiento a la normativa nacional;

Que con fundamento en la misma norma le corresponde tomar las medidas idóneas para superar la emergencia, resguardando el cumplimiento de los fines esenciales del Estado en tanto tiene a su cargo la administración general de la Provincia;

Que el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, suscripto el 19 de diciembre de 1966, ratificado por Ley Nacional Nº 23.313 y que a partir de 1994 ostenta rango constitucional, en su Artículo 12 establece: “…Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental…”, comprometiéndose para ello a “…la prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole y la lucha contra ellas…”;

Que asimismo la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR