Decreto Nro. 308 - EXPEDIENTE EX-2019-07149711-GDEMZA-MESA#MEIYE

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA Y ENERGIA
Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2020

MENDOZA, 02 DE MARZO DE 2020

Visto el expediente EX-2019-07149711-GDEMZA-MESA#MEIYE, en el cual se tramita el otorgamiento de un subsidio para la “FUNDACIÓN INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL”; y

Considerando:

Que el presente subsidio es solicitado para atender el correcto funcionamiento y desarrollo de las actividades de la “FUNDACIÓN INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL”;

Que entre las actividades de la misma se encuentran: contribuir al mejoramiento de la calidad de vida en el ámbito rural generando programas que apunten a efectivizar una mayor dinámica de la malla económica de la Provincia de Mendoza, como así también de servir de nexo entre el sector estatal y privado en todos los asuntos vinculados a la actividad agropecuaria;

Que, además, proporciona a los productores rurales herramientas de apoyo tales como investigación, capacitación, integración y diversos estudios, con el fin de mejorar su eficiencia productiva y de incrementar su rentabilidad;

Que también debe proponer, difundir y apoyar las correctas prácticas culturales y medioambientales que permitan la sustentabilidad del medio rural, así como elaborar programas de transformación que incluyan planes de reconversión, educación rural y competitividad;

Que la Provincia de Mendoza a través del Ministerio de Economía y Energía, ha dispuesto otorgar a tal fin un subsidio de $ 38.400.000,00 con cargo de rendir cuentas;

Por ello, conforme con lo dispuesto por la Disposición Nº 7/15 de Contaduría General de la Provincia y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Energía en Orden Nº 29 del expediente EX-2019-07149711-GDEMZA-MESA#MEIYE;

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

Artículo 1º

Otórguese a la “FUNDACIÓN INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL” en carácter de subsidio y con cargo de rendir cuentas, la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 38.400.000,00) para atender el correcto funcionamiento y desarrollo de sus actividades.

Artículo 2º

El gasto que demande lo dispuesto por el presente decreto será atendido por Tesorería General de la Provincia con cargo a la Cuenta General C97001 43104 000 U.G.G. C00001 del Presupuesto puesto en vigencia para el Ejercicio 2020 por Decreto Nº 3102/19, previo cumplimiento de...

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