Decreto Nro. 2665 - EX-2020-5077868-HILLIA

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2022

MENDOZA, 29 DE DICIEMBRE DE 2022

Visto el expediente EX-2020-05077868- -GDEMZA-HILLIA#MSDSYD, mediante el cual se tramita la renuncia presentada por la Dra. DIANA MIRIAM AGÜERO, en razón de haber obtenido el beneficio jubilatorio; y

CONSIDERANDO:

Que en orden 29 se presenta la Dra. Diana Miriam Agüero, DNI Nº 11.509.467, CUIL N° 27-11509467-5, con el objeto de renunciar al cargo que ocupaba en el Hospital “Arturo Illia”, del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, a partir del 01 de noviembre de 2022;

Que en orden 30 obra constancia de comunicación de ANSES informando el cobro de haberes jubilatorios a partir del 17 de noviembre de 2022;

Que de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 12 del Decreto-Acuerdo N° 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial cuentan con sesenta (60) días hábiles, a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia, la continuidad o no de su afiliación al citado organismo;

Por ello, en razón de lo solicitado, lo informado por la Subdirección de Personal y lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes;

EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

Artículo 1º

Téngase por aceptada, a partir del 01 de noviembre de 2022, la renuncia presentada por la profesional que a continuación se menciona, al cargo del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes que se especifica, por haber obtenido el beneficio jubilatorio, Ley N° 24.241 y modificatorias:

JURISDICCIÓN 08 – CARÁCTER 1

HOSPITAL “ARTURO ILLIA” - UNIDAD ORGANIZATIVA 18

CLASE 008 - Cód. 27-3-04-01 – Médica.

Dra. DIANA MIRIAM AGÜERO, clase 1954, DNI Nº 11.509.467, CUIL N° 27-11509467-5.

Artículo 2º

Establézcase que la Dra. DIANA MIRIAM AGÜERO, DNI Nº 11.509.467, CUIL N° 27-11509467-5, deberá en el término de sesenta (60) días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no, con el beneficio que otorga la citada Institución.

Artículo 3°

El Sr. Gobernador, la...

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