Decreto Nro. 2603 - CONTINUIDAD AUTOMÁTICA LOCACIÓN DE SERVICIOS SSTYE.

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2022

MENDOZA, 29 DE DICIEMBRE DE 2022

Visto que por Decreto N° 478/22 se aprobó el CONVENIO ESPECIFICO y sus ANEXOS, celebrado entre la Administración de Trabajo Local de la Provincia de Mendoza y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo; y

CONSIDERANDO:

Que el mencionado Convenio tiene por objeto permitir el mejoramiento permanente de la calidad del empleo a través de la ejecución de acciones de fiscalización tendientes a verificar las condiciones y medio ambiente de trabajo, promover la disminución de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y cumplir con los deberes y obligaciones en materia preventiva emergentes de las Leyes Nº 24.557, Nº 27.348 y Nº 19.587 y demás normas complementarias;

Que por Decreto Nº 505/21 se aprobaron los contratos de locación de servicios necesarios para el cumplimiento del convenio celebrado, prorrogados por los Decretos N° 680/21, 1275/21, 2251/21, 623/22 y 1072/22, cuyo vencimiento opera el 31 de diciembre de 2022;

Que en miras de dar una mayor agilidad a las tramitaciones administrativas se ha dispuesto su continuidad automática hasta el 31 de marzo de 2023;

Que la citada continuidad automática se efectúa en conformidad con lo establecido en el punto 1. del Anexo II del Convenio Específico ratificado por Decreto N° 478/22;

Que la misma será efectivizada en idénticas condiciones, horarios habituales, funciones u otros requisitos, según corresponda, que las vigentes al 31 de diciembre de 2022, no siendo necesaria la suscripción de ningún tipo de documentación, ni cláusula adicional, ni la emisión de acto administrativo alguno; operando su finalización indefectiblemente el 31 de marzo de 2023, sin necesidad de comunicación alguna;

Que, por otra parte, es necesario, razonable y equitativo disponer un incremento de los mencionados contratos;

Que la presente prórroga se efectúa en virtud de encontrarse recaudados los fondos necesarios para hacer frente al gasto conforme lo establecido por el Artículo 88 de la Ley N° 8706;

Por ello,

EL

VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

Artículo 1º

Dispóngase la continuidad automática desde el 01 de enero y hasta el 31 de marzo de 2023 de toda persona que al 31 de diciembre de 2022 se encuentre contratada bajo el sistema de Locación de Servicios en la Subsecretaría de Trabajo y Empleo, cuando las erogaciones sean atendidas con cargo a partidas presupuestarias...

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