Decreto Nro. 2588 - EX-2022-07698189-GDEMZA-MESA#DGE

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2022

MENDOZA, 29 DE DICIEMBRE DE 2022.

VISTO el EX-2022-07698189-GDEMZA-MESA#DGE en el que Dirección General de Escuelas gestiona la incorporación al Presupuesto General vigente de las partidas necesarias para afrontar las erogaciones correspondientes a pasivos con órdenes de pago perimidas; y

CONSIDERANDO:

Que a Orden 12 se informan los comprobantes Devengado/Liquidado del CUC 218 emitidos en los Ejercicios Fiscales 2018 a 2020 a favor de diversos proveedores de Dirección General de Escuelas, que permanecen impagos según consta en los expedientes respectivos;

Que dichas órdenes de pago han perimido a los efectos administrativos.

Que es criterio que la norma legal a tramitar tenga en cuenta solamente los pedidos específicos realizados por los organismos que adeudan dichas sumas de dinero, a los efectos de su pago;

Que a Orden 16 Contaduría General de la Provincia certifica deudas perimidas de los Ejercicios Fiscales 2018 a 2020 con Financiamientos 000 y 999 por $ 2.128.105,12, las cuales se encuentran impagas a noviembre del Ejercicio 2022 en Dirección General de Escuelas, constituyendo Acreedores Varios perimidos;

Que se han determinado las partidas que corresponde incrementar, a fin de poder instrumentar su cancelación;

Que según lo dispuesto por el artículo 75 de la Ley Nº 8701 -norma de carácter permanente por el artículo 47 de la Ley Nº 8930, la cual mantiene su vigencia por el artículo 45 de la Ley Nº 9356-, se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto el importe correspondiente a Amortización de Deuda Flotante Perimida, en la medida que la misma se encuentre dentro del término fijado por la ley común para la prescripción, previo informe de Contaduría General de la Provincia – que obra a Orden 16- y además expresa que el aumento que se produzca se ajustará con el concepto “Financiamiento” (Uso del Crédito);

Por ello y en virtud de lo dispuesto por el artículo 75 de la Ley Nº 8701, artículos 47 y 50 de la Ley Nº 8930 y artículo 45 de la Ley Nº 9356 y sus respectivos Decretos Reglamentarios;

EL

VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

D E C R E T A:

Artículo 1º

Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones vigente de Dirección General de Escuelas, del modo que se indica en Planilla Anexa I, que forma parte integrante de este decreto, considerándose aumentado globalmente en la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL CIENTO CINCO CON...

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