Decreto Nro. 2573 - RECURSO DE ALZADA CONTRA LA RES.Nº 69/18

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición12 de Noviembre de 2019

MENDOZA, 12 DE NOVIEMBRE DE 2019

Visto el expediente 2283-D-18-20108 y su acumulado 173-D-18-04186, en el cual la Dra. VANINA ELIZABETH SINIGALIA, interpone Recurso de Alzada en contra de la Resolución Nº 69/18 del Director Ejecutivo del Hospital “Luis C. Lagomaggiore”; y

CONSIDERANDO:

Que el acto administrativo atacado no resulta ilegítimo, dado que, conforme se menciona en su motivación, el Jefe de Guardia y Medicina de Urgencia no dio de baja a las prestaciones de dicha profesional sino que se da continuidad a la contratación generando derecho a cobro de sus labores profesionales, de acuerdo a su régimen laboral en ese nosocomio, de prestadora de servicios;

Que lo expresado en la motivación de la Resolución recurrida ha sido confirmado por el informe glosado a fs. 53/54 del Área de Recursos Humanos del Hospital referido, en el cual se afirma que: la situación de la recurrente prestadora sigue siendo la misma, no hubo baja ni cese de la prestación, de hecho no existió cese de la prestación ni modificación alguna, ya que la Dra. Sinigalia cumplía con la misma función: médica reemplazante, no se cambió la condición laboral de la impugnante, ni se afectó la estabilidad;

Que el Poder Ejecutivo está limitado al control de legitimidad, no siendo procedente por razones de oportunidad, mérito o conveniencia y que solamente podrá revocar el acto por ilegitimidad, pero no modificarla, reformarla o sustituirla conforme lo establecido en el Art. 185 de la Ley Nº 9003;

Que en relación a las razones de ilegitimidad, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza estableció que comprenden “los vicios de competencia, objeto, voluntad y forma del acto, la desviación y el abuso o exceso de poder, la arbitrariedad y la violación de los principios generales del derecho” (LS393:005);

Que por tal motivo y dentro del límite de tratamiento de este tipo de remedio recursivo y en virtud de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR