Decreto Nro. 2568 - 472-D-2016-77762

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2018

MENDOZA, 28 DE DICIEMBRE DE 2018.

Visto el expediente 472-D-2016-77762 y su acumulado 1307-G-2012-77762, en el primero de los cuales la Sra. SARA GATICA, en su carácter de viuda del Sr. JUAN ALBERTO GONZALEZ, solicita se le otorgue el beneficio otorgado por Ley Nº 8395, y

CONSIDERANDO:

Que dicho beneficio fue creado mediante Ley Nº 8395 y Decreto Reglamentario Nº 514/12.

Que la citada Ley establece un beneficio vitalicio de pago mensual para hombres y mujeres que en su condición de civiles, entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983, hayan sido condenados por Consejo de Guerra, puestos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional y/o privados de libertad por causas políticas, gremiales o estudiantiles, como consecuencia del accionar de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o de cualquier otro grupo, haya habido o no sentencia condenatoria en su contra. También se otorgará a quienes, por causas políticas, hayan sido privados de la libertad por orden de Tribunales Ordinarios.

Que mediante Decreto Nº 1003/13 tramitado por expediente 1307-G-2012-77762, se otorgó el beneficio vitalicio creado por la Ley Nº 8395 y Decreto Reglamentario Nº 514/12, al Sr. JUAN ALBERTO GONZALEZ.

Que a fs. 37/38 del expediente 472-D-2016-77762, rola en fotocopia autenticada, Acta de Matrimonio que certifica el vínculo de la Sra. SARA GATICA.

Que el Sr. Juan Alberto González falleció el día 27 de junio de 2015, según consta en Acta de Defunción, que en fotocopia autenticada, rola a fs. 39 y vta. del precitado expediente.

Que la Ley Nº 8395 establece en su Art. 4º que en caso de fallecimiento del beneficiario, antes o después del reconocimiento del beneficio, podrán solicitarlo entre otros, la viuda o viudo, condición acreditada por parte de la Sra. SARA GATICA.

Que a fs. 55 del expediente 472-D-2016-77762 la Subdirección de Contabilidad de la Subsecretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, informa que el último beneficio abonado a favor del Sr. Juan Alberto González fue hasta el mes de enero de 2016, por lo que la Sra. Sara Gatica, percibirá el beneficio retroactivamente a partir de 01 de febrero de 2016.

Que en las citadas actuaciones, obran las demás certificaciones establecidas como requisitos para acceder al referido beneficio, dispuestas en el Artículo 4º del Decreto Nº 514/12.

Por ello, habiéndose diligenciado los pertinentes volantes de imputación...

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