Decreto Nro. 2451 - EXP Nº 12174-D-2014-00020-RECURSO JERÁRQUICO

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición25 de Octubre de 2019

MENDOZA, 25 DE OCTUBRE DE 2019.

Visto el Expediente Nº 12174-D-2014-00020 y sus acumulados Expedientes Nº 4476-D-2012-01409 y Nº 937-M-2013-01283; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1/14 del Expediente Nº 12174-D-2014-00020 se presenta Ignacio Urrutigoity en nombre y representación de INC S.A., e interpone recurso jerárquico contra la Resolución Nº 307-T-, de fecha 01 de agosto de 2014 del el ex Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno que rechaza en lo sustancial el recurso jerárquico incoado por el recurrente contra la Resolución Nº 046, de fecha 28/5/2013 de la Dirección de Defensa del Consumidor;

Que desde el punto de vista formal el recurso debe ser aceptado ya que fue presentado en tiempo legal, conforme lo establecen los Artículos 179, 180 y cc. y ss de la Ley Nº 9003;

Que por Resolución Nº 307-T, se confirmó en todos sus términos la Resolución Nº 046/2013 por la cual se rechaza el recurso de revocatoria deducido contra la Resolución 482/2012, confirmando esta última en todos sus términos;

Que el recurrente no ha logrado desvirtuar con prueba idónea la imputación realizada en acta de infracción de fs. 01 Nº 0020664, por infracción al Artículo 3º del Decreto Nº 3492/91, Reglamentario del Artículo 9º de la Ley Nº 5547, por la existencia de productos alimenticios vencidos en el local comercial y la venta al público de los mismos;

Que el recurrente aduce irrazonabilidad respecto a la multa y no logra demostrar cuál sería la afectación patrimonial que tal cuantía le provoca;

Que las constancias del acta labrada constituyen prueba suficiente de los hechos allí comprobados;

Que la quejosa no ha ofrecido prueba idónea que tenga como finalidad desvirtuar sus términos, ni ha aportado argumentos fácticos ni jurídicos relevantes que permitan modificar el criterio sustentado en las resoluciones impugnadas;

Que la prueba ofrecida es inconducente al objeto motivo del recurso obrante a fs. 01/06 del Expediente Nº 12174-D-14-00020, a tenor de lo dispuesto por los artículos 163/168 de la Ley Nº 9003;

Que el acta labrada fue confeccionada por funcionario que reviste competencia para...

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