Decreto Nro. 2450 - 273-D-2017-01439

EmisorMINISTERIO ECONOMÍA, INFRAESTRUCTURA Y ENERGÍA
Fecha de la disposición 7 de Diciembre de 2017

MENDOZA, 07 DE DICIEMBRE DE 2017

Visto el expediente N° 273-D-2017-01439, en el cual se tramita la aprobación del CONVENIO DE COLABORACIÓN Y COORDINACION TECNICA suscripto entre la Provincia de Mendoza y el Instituto Nacional de Estadística y Censos, en fecha 15 de septiembre de 2017; y

Considerando:

Que el objetivo del convenio mencionado en el presente decreto es establecer la colaboración y coordinación técnica entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos y la Provincia de Mendoza, a través de la Dirección de Estadísticas e Investigaciones Económicas, para llevar a cabo las acciones y organizar los medios y recursos que requiera la realización de la “Encuesta Nacional de Gastos de los Hogares 2017-2018”;

Que el Instituto Nacional de Estadística y Censos se compromete a financiar los gastos que demande el cumplimiento del presente Convenio hasta un monto de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE ($ 4.504.839);

Que la Dirección de Estadística e Investigaciones Económicas de la Provincia de Mendoza se compromete a asignar los recursos humanos con la dedicación necesaria para el eficaz cumplimiento del presente Convenio;

Que las partes podrán celebrar Convenios ampliatorios al presente, modificando en su alcance el objeto del convenio, en cuyo caso deberán establecer específicamente las prestaciones adicionales a cumplir, los plazos en los que deben ser satisfechas y el financiamiento del que se dispondrá para su ejecución;

Que los resultados, información o productos obtenidos como consecuencia de censos, relevamientos, muestras o verificaciones efectuados como parte de operativos nacionales y/o jurisdiccionales en el marco del presente Convenio, pertenecen al Instituto Nacional de Estadística Y Censos;

Por ello, de acuerdo con lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía a fojas 50 y vuelta del expediente N° 273-D-17-01439 y lo dispuesto por el Artículo 3° Inciso i) de la Ley 8830,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

Artículo 1°

Apruébese el CONVENIO DE COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN...

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