Decreto Nro. 2412 - TRANSFERENCIA DE CARGO MARIA FLORENCIA FERNANDEZ

EmisorMINISTERIO SEGURIDAD
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2018

MENDOZA, 28 DE DICIEMBRE DE 2018

Visto el expediente N° 1841-D-2016-00106, mediante el cual se tramita la transformación de cargo del Régimen 05 al Régimen 27 y la transferencia de la Licenciada en Nutrición MARIA FLORENCIA FERNANDEZ del Ministerio de Seguridad al Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes; y

CONSIDERANDO:

Que la Licenciada en Nutrición María Florencia Fernández revista presupuestariamente en el Ministerio de Seguridad Clase 013 en planta permanente de ese Ministerio;

Que a fs. 01 obra solicitud de transferencia de cargo y visto bueno de las autoridades del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, a fs. 03 obra visto bueno del Ministro de Seguridad a la transferencia del cargo y a fs. 17/18 se adjuntaron certificaciones de servicio de la agente en cuestión;

Que previo a la transferencia que se pretende, se debe efectuar el cambio de situación de revista de la Licenciada en Nutrición María Florencia Fernández del Régimen Salarial 05 Ministerio de Seguridad al Régimen Salarial 27 de Profesionales de Salud, con afectación al Ministerio de Seguridad;

Que el cambio de Régimen Salarial de la profesional ya individualizada se ajusta a lo dispuesto en el Convenio Colectivo de Trabajo ratificado por la Ley N° 7759, por lo que corresponde transformar el cargo;

Que dicha transformación de cargo conlleva diferencias salariales por cambio de régimen salarial, a favor de la administrada;

Que la encartada a fs. 115 expresa que se le adeudan diferencias salariales debido a la falta de percepción bajo el Régimen 27 desde su ingreso a la administración pública, que se le ha informado que ha percibido de más el ítem “seguridad” desde el año 2006, lo cual fue sin intención de su parte la percepción, que si bien corresponde su devolución ofrece compensarlo con el monto retroactivo que se le adeuda a fin de dar continuidad a la transformación y transferencia solicitada;

Que se incorporan a fs. 145/146 cálculos presupuestarios en los cuales se reflejan las diferencias de haberes generadas, existiendo crédito y deuda correspondiente al cambio de régimen;

Que se acredita la existencia de partida presupuestaria para hacer frente a las diferencias salariales generadas con el cambio de régimen de la profesional, obrando economías presupuestarias a fs. 147;

Que atento a lo dispuesto en el párrafo anterior, corresponde...

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