Decreto Nro. 2343 - VARIOS EXPEDIENTES

EmisorMINISTERIO ECONOMÍA, INFRAESTRUCTURA Y ENERGÍA
Fecha de la disposición15 de Octubre de 2019

MENDOZA, 15 DE OCTUBRE DE 2019.

Visto los expedientes EX-2019-5229061-GDEMZA-DPG#MEIYE, EX-2019-5030098-GDEMZA-DPG#MEIYE, EX-2019-4987142-GDEMZA-DPG#MEIYE, EX-2019-5241379-GDEMZA-DPG#MEIYE, EX-2019-4605463-GDEMZA-DPG#MEIYE, EX-2019-5161624-GDEMZA-DPG#MEIYE, EX-2019-4642858-GDEMZA-DPG#MEIYE, EX-2019-5200904-GDEMZA-DPG#MEIYE, EX-2019-5265283-GDEMZA-DPG#MEIYE, EX-2019-5193331-GDEMZA-DPG#MEIYE, EX-2019-5154231-GDEMZA-DPG#MEIYE, EX-2019-5150493-GDEMZA-DPG#MEIYE, EX-2019-4933422-GDEMZA-DPG#MEIYE, EX-2019-4993843-GDEMZA-DPG#MEIYE, EX-2019-4585115-GDEMZA-DPG#MEIYE, EX-2019-5065951-GDEMZA-DPG#MEIYE, EX-2019-5106342-GDEMZA-DPG#MEIYE, EX-2019-5064408-GDEMZA-DPG#MEIYE, EX-2019-5189876-GDEMZA-DPG#MEIYE y EX-2019-5220419-GDEMZA-DPG#MEIYE, en los cuales se tramita el otorgamiento del estímulo a diversos productores ganaderos, Ciclo 2017/2018, por haber cumplido los requisitos establecidos en la Ley N° 7074 sus modificatorias y su Decreto Reglamentario N° 1960/05 y modificatorio Decreto Nº 2153/19, incluidos en el Programa Provincial de Fomento Ganadero; y

Considerando:

Que por la Ley N° 7074, sus modificatorias y Decreto Reglamentario N° 1960/05 y modificatorio se crea el Programa Provincial de Fomento Ganadero destinado a incentivar el desarrollo de la actividad ganadera de cría, recría y engorde en la Provincia de Mendoza, para la ganadería menor y mayor;

Que además, por dicha norma se promueve, entre otros aspectos: incentivar y promover la mejora cualitativa y cuantitativa de los reproductores bovinos de la Provincia, obtener mejores terneros con mayor aptitud carnicera y mejor conversión de alimentos en kilos de carne, incentivar el desarrollo de cabañas de raza bovina en la provincia, facilitar el faenamiento y agregado de valor en el territorio provincial, contribuir a la producción de carnes menores y derivados cárnicos con valor agregado para la exportación en especial de caprinos y ovinos;

Que la citada ley dispone que el Poder Ejecutivo anualmente, deberá destinar recursos para el otorgamiento de los incentivos productivos de dicho Programa, especialmente para la recría y engorde de hacienda bovina, caprina y ovina, en áreas de tierras de pastoreo bajo riego, mediante técnicas de pastoreo rotativo bajo riego con encierro estratégico para la terminación o técnicas especiales;

Que la Dirección Provincial de Ganadería informa en los expedientes citados en el Visto, que los productores...

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