Decreto Nro. 2300 - expediente 4727-M-2013-77762

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición 9 de Octubre de 2019

MENDOZA, 09 DE OCTUBRE DE 2019.

Visto el expediente 4727-M-2013-77762, en el cual obran las actuaciones sumariales relacionadas con el sumario administrativo instruido oportunamente mediante Resolución Nº 779/14-MDSyDH, al agente Dn. RAMON ANTONIO ROSSO, quien revista en la Subsecretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, por presuntas transgresiones a lo establecido en el Decreto-Ley Nº 560/73 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que el referido sumario tiene como origen que el agente Ramón Antonio Rosso no habría justificado en tiempo y forma el presentismo, no acreditando la concurrencia a sus labores durante los meses de enero a setiembre de 2013, pese a las notificaciones efectuadas oportunamente.

Que ante la reticencia a presentarse y justificar su incomparecencia, se ordenó la suspensión de los haberes a partir del mes de noviembre de 2013, de conformidad a las constancias obrantes a fs. 10.

Que a fs. 28 la Instrucción Sumarial, solicitó a la Subdirección de Personal del ex Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos, información del domicilio real del agente Ramón Antonio Rosso y del domicilio donde cumple su carga horaria, antecedentes de sanciones y fecha exacta desde que dejó de concurrir a su lugar de trabajo.

Que a fs. 40 obra reiteración de informe de la Subdirección de Personal del ex Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos, donde se indica el domicilio real del agente Ramón Antonio Rosso; que a partir del mes de noviembre del año 2013 y hasta la actualidad se le suspendieron los haberes; que hasta la fecha de la suspensión de haberes el mencionado agente prestaba funciones en el Bloque FPV –Eje Peronista Honorable Cámara de Senadores y se acompaña copia de Resolución Nº 484/08-MDHFyC mediante la cual se le aplicó una sanción disciplinaria consistente en quince (15) días de suspensión sin goce de haberes.

Que a fs. 43 obra Cédula de Citación del agente Ramón Antonio Rosso a fin de prestar declaración indagatoria, dirigiéndose la citación a su lugar de trabajo, siendo ello infructuoso.

Que en razón de no haber podido notificar al sumariado en su lugar de trabajo, la Instrucción Sumarial dispuso citar al agente Ramón Antonio Rosso en el domicilio denunciado como real -mediante Cédula de Citación obrante a fs. 46-, la que fue recepcionada por el mencionado agente.

Que luego de reiteradas notificaciones en el domicilio...

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