Decreto Nro. 2293 - ADICIONAL RESPONSABILIDAD PROFESIONAL

EmisorMINISTERIO ECONOMÍA, INFRAESTRUCTURA Y ENERGÍA
Fecha de la disposición20 de Diciembre de 2018

MENDOZA, 20 DE DICIEMBRE DE 2018.

Visto el expediente Nº 3477-D-2014-03834 en el cual se tramita el pago de Adicional por Responsabilidad Profesional a la agente Rebeca Cultrera; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 497/2016 y rectificatoria, Resolución N° 052/2017, ambas emitidas por la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, se reconoció el pago del Adicional por Responsabilidad Profesional, correspondiente al Título de “Técnico Superior en Gestión Ambiental”, expedido por el Instituto de Nivel Superior Apriori CEC C.U.E. N° 50011805-00, a partir del 1° de diciembre y hasta el 28 de diciembre de 2016 y se autorizó el pago a partir del día 29 de diciembre del mismo año, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 55, inciso a) de la Ley N° 5126, a la agente Rebeca Cultrera, C.U.I.L. N° 27-26557287-7, Clase 07, Régimen Salarial 05, Código Escalafonario: (1-03-05), Jurisdicción: 23 – Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, Dirección de Protección Ambiental, situación de revista de la agente hasta marzo de 2017, cuando comenzó a tener vigencia el escalafón 35-Ambiente, siendo su actual situación de revista: Clase 001, Régimen Salarial 35, Código Escalafonario: (1-01-01).

Que correspondía el pago del Adicional mencionado a la agente Rebeca Cultrera desde el 1° de noviembre de 2014 hasta el 30 de noviembre de 2016, el cual no fuera reconocido por Resolución N° 497/2016-SAyOT y rectificatoria Resolución N° 052/2017-SAyOT, atento lo dispuesto por el Artículo 1 de la Ley N° 8833.

Que Contaduría General de la Provincia a fs. 92 otorga el Visto Bueno a los cálculos obrantes a fs. 86/89 por pago del Adicional por Responsabilidad Profesional, de acuerdo al Título de “Técnico Superior en Gestión Ambiental”.

Por lo expuesto y teniendo en cuenta lo previsto por el Artículo 55 inciso a) de la Ley N° 5126, por los Artículos 8, 15, 25 y 26 de la Ley N° 9033, Artículos 1, 6, 10, 11 y 27 del Decreto – Acuerdo N° 2677/17 y lo dictaminado por Fiscalía de Estado y la Asesoría Legal de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Lo dispuesto en la presente norma legal se dicta como excepción a lo establecido en el Artículo 25 de la Ley Nº 9033.

Artículo 2º

Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Pública Provincial vigente Año 2018, del modo que se indica en la...

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