Decreto Nro. 2281 - expediente EX-2018-00694784-GDEMZA-MESA#MEIYE

EmisorMINISTERIO ECONOMÍA, INFRAESTRUCTURA Y ENERGÍA
Fecha de la disposición 9 de Octubre de 2019

MENDOZA, 09 DE OCTUBRE DE 2019.

Visto el expediente EX-2018-00694784-GDEMZA-MESA#MEIYE en el cual la Doctora CYNTHIA LAURA NARVAEZ, en representación de la firma “CENCOSUD S.A.”, CUIT, 30-59036076-3 interpone recurso jerárquico contra la Resolución N° 102 dictada por la Dirección de Fiscalización y Control, en fecha 02 de marzo de 2018; y

Considerando

Que si bien al momento del dictado del presente Acto rige en materia de Lealtad Comercial y Defensa de la Competencia el Decreto DNU 274/19, derogatorio de la Ley Nº 22802 y modificatorias, las causas abiertas a la fecha de entrada en vigencia del Decreto se seguirán rigiendo bajo la Ley derogada (Artículo 72 DNU 274/19);

Que por la citada Resolución se aceptó en lo formal y se rechazó en lo sustancial el recurso de revocatoria interpuesto por Supermercado “VEA”, propiedad de la citada firma, contra la Resolución N° 1167/17 de la Dirección de Fiscalización y Control, a la vez que intimó al pago de la multa impuesta por ésta de Pesos Treinta y Cinco Mil ($ 35.000,00), por violación a los Artículos 5º y 6º de la Resolución Nacional 07/02 de la ex Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor, concordante con la Ley N° 22802 y modificatorias;

Que el recurso jerárquico ha sido presentado en tiempo y forma por lo que cabe su admisión desde el punto de vista formal, conforme lo establecido por la Ley Nº 9003 de Procedimiento Administrativo;

Que en Orden 8 del expediente obra Acta de Infracción Nº 0043441, de fecha 11 de marzo de 2015, labrada por la ex Dirección de Industria y Comercio en el Supermercado “VEA”, con domicilio en Calle América Nº 2783, Villa Hipódromo, Departamento Godoy Cruz, por la cual se constata que la empresa no tenía exhibidos los precios de catorce (14) productos que comercializa en su local;

Que la empresa alega en esta instancia ausencia de afectación del Bien Jurídico Protegido, ausencia del factor subjetivo de atribución y desproporción de la sanción impuesta;

Que del Acta de Infracción Nº 0043441 y la planilla de exhibición de precios surge a simple vista la conducta sancionada por la norma legal en infracción a lo dispuesto en los Artículos 5º y 6º de la Resolución Nº 07/2002 de la ex Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor, concordante con la Ley Nº 22802 y modificatorias;

Que dicha norma exige, en cuanto a la forma de exhibición de los precios, que se efectúe por unidad, en...

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