Decreto Nro. 2278 - 4970-H-09-04238

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición15 de Diciembre de 2022

MENDOZA, 15 DE DICIEMBRE DE 2022

Visto el expediente 4971-H-2009-04238, en el cual se solicita declarar incobrable la deuda que mantiene la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE EDIFICIOS DE RENTA Y PROPIEDAD HORIZONTAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (OSPERYHRA), con el Hospital Pediátrico “Dr. Humberto J. Notti” del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 24 y 31 obran facturas por prestaciones de servicios realizadas por el mencionad Hospital, en los años 1999 y 2003;

Que con el objeto de ordenar y unificar criterios en materia de procedimientos a adoptar, para el tratamiento de las deudas originadas por prestaciones realizadas en los efectores del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes a Obras Sociales de Medicina Prepaga y Compañías de Seguros, se dictó la Resolución Nº 3157/08 del ex Ministerio de Salud, mediante la cual se permitió depurar los registros de incobrabilidad. En tal sentido los montos adeudados no justifican su gestión de cobro administrativo o judicial, por resultar los mismos antieconómicos por su importe, en relación al costo-beneficio, tal como lo dispone la norma precedentemente citada;

Que el Artículo 98 de la Ley Nº 8706, establece que el Poder Ejecutivo puede declarar, una vez agotados los medios para lograr su cobro y previo dictamen de Fiscalía de Estado, la incobrabilidad de los créditos a su favor, excepto los de naturaleza tributaria, que se rigen por las normas del Código Fiscal;

Que conforme lo expresado en el párrafo precedente, el Hospital Pediátrico “Dr. Humberto J. Notti” ha agotado las gestiones necesarias para el cobro extrajudicial del monto adeudado, según constancias del expediente de referencia;

Por ello, en razón de lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada del Ministerio...

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