Decreto Nro. 2247 - EXPEDIENTE: EX-2019-00678648-GDEMZA-SAYOT

EmisorMINISTERIO ECONOMÍA, INFRAESTRUCTURA Y ENERGÍA
Fecha de la disposición 7 de Octubre de 2019

MENDOZA, 07 DE OCTUBRE DE 2019.

VISTO el expediente: EX-2019-00678648-GDEMZA-SAYOT, en el cual se gestiona el reconocimiento y otorgamiento del Suplemento Organismo Colegiado, al agente de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, Dr. Fernando Javier Gil Posleman; y

CONSIDERANDO:

Que se tramita el reconocimiento y otorgamiento del Suplemento Organismo Colegiado, al agente de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, Dr. Fernando Javier Gil Posleman, en el marco de lo establecido en el Artículo 19 inc. h) del Decreto N° 2528/15, desde el 1° de abril de 2019, cuando comenzara a prestar funciones en la Junta de Disciplina de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial de acuerdo a lo dispuesto por Resolución N° 94/19-SAyOT, la cual obra en orden 18.

Que en orden 46 obra informe de la Contaduría General de la Provincia otorgando el Visto Bueno a los cálculos de orden 20.

Que en orden 76 la Asesoría Legal de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial dictamina que el reconocimiento y otorgamiento del Suplemento por Organismo Colegiado tramitado en el expediente N°: EX-2019-00678648-GDEMZA-SAYOT no es incompatible con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley N° 7.314, pero a los efectos de no comprometer gastos para el próximo ejercicio, en orden 82, el Coordinador de Recursos Humanos de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial indica que el adicional tramitado será hasta el 31 de diciembre de 2019.

Por ello, teniendo en cuenta lo dispuesto por el Artículo 19 inc. h) del Decreto N° 2528/15, los Artículos 25, 26 y 27 de la Ley N° 9122, Artículos 11, 12, 13 y 27 del Decreto – Acuerdo N° 2356/2018 y lo dictaminado por la Asesoría Legal de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Lo dispuesto en el presente decreto se dicta como excepción a lo establecido en el Artículo 25 de la Ley Nº 9.122.

Artículo 2°

Reconózcase de legítimo abono a favor del agente de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, desde el 1° de abril de 2019 hasta el día anterior a la fecha del presente decreto e...

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