Decreto Nro. 217 - SUMARIO ADMINISTRATIVO C.P.N. Y P.P. SALVADOR GUERCIO

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición 7 de Febrero de 2019

MENDOZA, 07 DE FEBRERO DE 2019

Visto el expediente N° 00784-D-17-01027; y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente de referencia se tramita el Sumario Administrativo instruido al C.P.N. y P.P. SALVADOR GUERCIO, D.N.I. Nº 16.075.058, ordenado por Resolución Nº 241-MHyF de fecha 27 de septiembre de 2017 obrante a fs. 15 del citado expediente, ampliada por Resolución Nº 274-MHyF de fecha 13 de noviembre de 2017 obrante a fs. 146/147 del expediente Nº 00784-D-17-01027, ambas emitidas por el Ministerio de Hacienda y Finanzas, la que incluye la consideración de la causal de abandono voluntario y malicioso del servicio por el mencionado profesional.

Que el C.P.N. y P.P. SALVADOR GUERCIO registra, de acuerdo con los listados de marcaciones e informes de la Subdirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas, incorporados a fs. 2, 6, 9, 12 y 13 del expediente Nº 00784-D-17-01027, ausencias sin aviso los días 17 de julio de 2017, 19 de julio de 2017, 20 de julio de 2017 y 27 de julio al 11 de septiembre de 2017, circunstancia que dio lugar a la instrucción sumarial por Resolución Nº 241-HyF-17, previsto por los Artículos 64, 67 y 70 del Estatuto del Empleado Público Decreto – Ley Nº 560/73 y sus modificatorias.

Que a fs. 17 y vta. del expediente N° 00784-D-17-01027, obra el Auto de Avoque del Instructor Sumarial Dr. José Luis Yáñez, quien requiere a fs. 18, del citado expediente, al Departamento de Personal del Ministerio de Hacienda y Finanzas los informes y documentación de antecedentes laborales del sumariado, los que son acompañados a fs. 20/109 de dicho expediente.

Que a fs. 129 del expediente de referencia, la Subdirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas, informa que el C.P.N. y P.P. SALVADOR GUERCIO ha hecho abandono de servicio, motivo por el cual se emplazó al sumariado que en el término de DOS (2) días hábiles desde la fecha de la notificación (obrante a fs. 136) a reintegrarse al servicio a prestar funciones, bajo apercibimiento de considerarlo incurso en la figura de abandono voluntario y malicioso sin causa justificada, la que constituye posible causal de cesantía según lo establecido por el Artículo 67 inciso c) del Estatuto del Empleado Público Decreto – Ley Nº 560/73 y sus modificatorias.

Que a fs. 138 del expediente N° 00784-D-17-01027, el Contador General de la Provincia, informa que, vencido el plazo indicado precedentemente, el agente “no ha asistido...

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