Decreto Nro. 216 - RECURSO DE ALZADA - expediente N° 02403-D-19-20108 y sus acumulados Nros. 00909-D-18-01130 y 08474-D

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición 9 de Marzo de 2021

MENDOZA, 09 DE MARZO DE 2021.-

Visto el expediente N° 02403-D-19-20108 y sus acumulados Nros. 00909-D-18-01130 y 08474-D-16-01130; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 127/158 del expediente N° 02403-D-19-20108, la doctora MARÍA VALERIA CULASSO, en representación de Y.P.F. S.A., acompaña copia de la ampliación del Recurso de Alzada presentado el día 28 de febrero de 2019 por la doctora MARÍA VERÓNICA LIMA en representación de Y.P.F. S.A., por la cual amplía los argumentos que conforme a la presentante no han sido considerados ni tratados al emitirse el Decreto Nº 1655/19.

Que la recurrente alega que no se encuentra en el expediente de la concesión original la nota que dio lugar a la obligación “Aporte Escolar” expresada en los decretos Nros. 1079/08 y 3640/08, debiendo circunscribirse la misma a la etapa exploratoria pero no a la explotación.

Que la recurrente reitera que al no existir la nota no puede exigírsele a Yacimientos Petrolíferos Fiscales (Y.P.F) la pretensión de cobro y finalmente plantea la prescripción.

Que el Poder Ejecutivo Provincial bajo el objetivo de desarrollar política en materia de hidrocarburos mediante la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 7.526, determina aprobar un procedimiento idóneo para canalizar las inversiones conducentes al hallazgo de hidrocarburos, siendo la Provincia de Mendoza, Autoridad Concedente de aquellas áreas que se encuentren en su territorio.

Que así se convocó al efecto, mediante Concurso Público Nacional e Internacional para la Exploración y Explotación de hidrocarburos en áreas de la Provincia, año 2006/2007, Segunda Ronda Licitatoria, según consta en el expediente Nº 00701-M-07-01282.

Que mediante Decreto Nº 960/07 el Poder Ejecutivo Provincial aprobó el Pliego de Condiciones que rige el proceso de selección del permisionario y el eventual concesionario para el Área Chachahuen en el Departamento de San Rafael.

Que mediante las Resoluciones Nros. 1079/08, 1285/11, 861/13 y el Decreto Nº 972/15, resultaron beneficiarias las empresas Ketsal S.A.- Kilwer S.A. para los permisos de exploración y la concesión para la explotación de hidrocarburos dentro del área denominada “CHACHAHUEN SUR”.

Que el Decreto Nº 1079/08, que determinó la adjudicación de la Exploración y Explotación de hidrocarburos en el área anteriormente referida, reconoce entre sus considerandos que: “Ketsal - Kilwer U.T.E Área Mendoza”, mediante Nota Nº 2164-K08-30093-N-00-7 presentada en fecha 25 de abril de 2008, acepta incorporar a su oferta un aporte económico consistente en el valor equivalente al 2% del valor correspondiente a la Unidad de Trabajo que por el Área Ofertara; y asimismo en su Artículo 5° expresamente señala: “La U.T.E. adjudicataria deberá dar cumplimiento a lo acordado con el Poder Ejecutivo Provincial respecto del aporte económico consistente en un valor equivalente al 2% del valor correspondiente a las Unidades de Trabajo que por el área ofertara la adjudicataria”.

Que el Artículo 20 del Decreto Nº 3640/08 accesorio y complementario al Decreto Adjudicatario Nº 1079/08, expresamente establece: “La Permisionaria deberá pagar un aporte económico consistente en el dos por ciento (2%) de las unidades de trabajo ofrecidas...

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