Decreto Nro. 2151 - EX-2022-01549038-GDEMZA-MESAENTGENERAL#MSEG

EmisorMINISTERIO SEGURIDAD
Fecha de la disposición18 de Noviembre de 2022

MENDOZA, 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

Visto el Expediente Electrónico N° EX-2022-01549038-GDEMZA-MESAENTGENERAL#MSEG; y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones el Ex funcionario penitenciario ESCUDERO PÉREZ, ROBERTO CARLOS, con el Patrocinio Letrado del Dr. JOSÉ FEDERICO CARRETERO, Matrícula Profesional N° 9182, presenta Recurso Jerárquico contra la Resolución N° 3825-S/2019, emitida por el Ministerio de Seguridad, mediante la cual se confirma la sanción expulsiva de Cesantía impuesta mediante Resolución N° 3359-S/2018, emitida por el citado Organismo;

Que en orden 02 obra expediente digitalizado N° 4543-D-2016-00107 y su acumulado;

Que analizado el aspecto formal del remedio deducido, el mismo resulta procedente al haber sido presentado en el plazo y condiciones previstas en los artículos 179 y 180 de la Ley N° 9003;

Que analizando el aspecto sustancial del recurso en trato, el administrado tuvo la oportunidad de ejercer su derecho de defensa y se le respetaron las reglas del debido proceso, indagatoria, planteamiento defensivo, ofrecimiento de prueba y alegatos, siendo la sanción impuesta debidamente fundada, justa, proporcionada y razonable;

Que la Resolución N° 3359-S/2018 del Ministerio de Seguridad, carece de vicios que la invaliden, y en consecuencia es un acto regular que goza de las presunciones de legalidad, legitimidad y ejecutividad. Dicha norma jurídica resulta coherente, en tanto es congruente, no contradictoria e inequívoca en sus deducciones y conclusiones, éstas se derivan razonablemente de las pruebas incorporadas al procedimiento sumarial en tanto resultan aptas para producir razonablemente un convencimiento cierto acerca de la existencia material del hecho investigado, la autoría y responsabilidad del agente sancionado;

Que la potestad disciplinaria de la Administración derivada de la relación de Empleo Público, se hace efectiva a través de un procedimiento administrativo disciplinario que tiene por fin mantener el orden y disciplina con el objeto de asegurar el adecuado funcionamiento de la Administración;

Que en este sentido el Sr. Escudero Pérez, quebrantó su responsabilidad administrativa incumpliendo con sus obligaciones e infringiendo prohibiciones propias de su carácter de personal penitenciario, en cuya consecuencia se impuso legal y razonablemente, la medida disciplinaria de Cesantía, por el cual ha quedado acreditada la comisión de la falta administrativa;

Que el Principio de...

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