Decreto Nro. 2120 - CONTRATO LOCACION DE SERVICIOS AREA SANITARIA LAVALLE

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2016

MENDOZA, 30 DE DICIEMBRE DE 2016

Visto los expedientes 483-D-15-04826, 485-D-15-04826, 486-D-15-04826, 487-D-15-04826, 489-D-15-04826, 493-D-15-04826, 496-D-15-04826, 497-D-15-04826, 498-D-15-04826, 499-D-15-04826, 502-D-15-04826, 503-D-15-04826, 506-D-15-04826 y 507-D-15-04826, en los cuales se solicita la aprobación de los Contratos de Locación de Servicios Profesionales, Locación de Servicios y las Cláusulas Adicionales de los Contratos de Locación de Servicios Profesionales y Locación de Servicios, celebrados oportunamente entre la Provincia de Mendoza, representada por el Sr. Ministro de Salud, Desarrollo Social y Deportes, Dr. RUBEN ALBERTO GIACCHI y las personas que se mencionan, quienes se desempeñaron en el Area Sanitaria Lavalle; y

CONSIDERANDO:

Que resulta imprescindible contar con recurso humano idóneo para instrumentar diversos programas y tareas implementadas por el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes;

Que no revistando en la Jurisdicción personal suficiente para la implementación y funcionamiento de los programas en marcha, resulta indispensable contratar bajo el sistema de locación de servicios profesionales y locación de servicios, a personas para la realización de las tareas que posibiliten alcanzar los objetivos que el citado Ministerio se ha propuesto como metas para el año 2016;

Por ello, habiéndose diligenciado los pertinentes volantes de imputación, en razón de lo informado por la Subdirección de Personal, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos y lo establecido por los Arts. 40 y 42 de la Ley N° 6554, y sus modificatorias, Art. 43 de la Ley Nº 6754, Art. 137 de la Ley Nº 7490 y demás normativas aplicables, Arts. 53, 54 y 55, parte y concordantes de la Ley Nº 8009, Arts. 59 y 97 de la Ley Nº 8154, sostenida por el Art. 98 de la Ley Nº 8265, Art. 93 de la Ley Nº 8399, Ley N° 8530 y Decreto Nº 354/13, Art. 79 de la Ley Nº 8701, Arts. 2, 3, 4, 5 y concordantes de la Ley Nº 7557, modificada por la Ley Nº 7649, Ley Nº 8838, Art. 1 del Decreto N° 65/16,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Ténganse por aprobados, por el período que se detalla, los Contratos de Locación de Servicios Profesiona-les y Locación de Servicios, celebrados oportunamente entre la Provincia de Mendoza, representada por el Sr. Ministro de Salud, Desarrollo Social y Deportes, Dr. RUBEN ALBERTO GIACCHI y las personas que a continuación se...

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