Decreto Nro. 2082 - REMANENTE EJERCICIOS ANTERIORES-RECURSOS AFECTADOS PARA 2019

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición11 de Septiembre de 2019

MENDOZA, 11 DE SETIEMBRE DE 2019

VISTO el Expediente EX-2019-02694051-GDEMZA-SSP;

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario incorporar al Presupuesto 2019, el remanente de ejercicios anteriores correspondiente al Financiamiento 330 (Ley 8930 Art. 42 inc. D Equip. p/ss Públicos) no tramitado en los Expedientes EX-2019-03255742 - GDEMZA-SSP y EX-2019-01280221-GDEMZA-SSP;

Que la Ley de Presupuesto Nº 9122 regula en su artículo 12 inc. c) la incorporación al Presupuesto Vigente de los remanentes de ejercicios anteriores de recursos afectados para el año 2019;

Que cabe destacar que en cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 49 de la Ley Nº 8530, 102 de la Ley Nº 8706 y 53 de la Ley Nº 8838, al remanente en cuestión se le efectuaron las deducciones pertinentes;

Que, además, el mismo debe ser considerado como una excepción a la transformación en rentas generales, en virtud de lo dispuesto por el artículo 41 de la Constitución Provincial (financiamientos provenientes del Uso del Crédito);

Que, asimismo, existen diversas disposiciones vinculadas al tema de remanentes de ejercicios anteriores de recursos afectados establecidas en leyes de presupuesto anteriores al presente año y que mantienen su vigencia por aplicación del artículo 42 de la Ley Nº 9122; las cuales han sido tenidas en cuenta para la preparación del presente decreto;

Que la normativa a que hace referencia el párrafo anterior son los artículos: 49 de la Ley Nº 8530; 74 y 75 de la Ley Nº 8701 (puesto en vigencia por aplicación del artículo 47 de Ley Nº 8930); 53 de la Ley Nº 8838 y 50 de la Ley Nº 8930;

Que el remanente que se gestiona en esta pieza administrativa ha sido certificado por Contaduría General de la Provincia en los órdenes 18 (ACTO-2019-03675156-GDEMZA-CGPROV#MHYF) y 23 (IF-2019-03718501-GDEMZA-CGPROV#MHYF);

Que, por otro lado, por aplicación del artículo 19 del Decreto Acuerdo Nº 1902/14, vigente por disposición del antepenúltimo párrafo del artículo 5° del Decreto Acuerdo Nº 2356/18; el Ministerio de Hacienda y Finanzas puede realizar modificaciones presupuestarias, como una herramienta necesaria para mantener el equilibrio presupuestario – tercer párrafo del artículo 36 del citado Decreto Acuerdo Nº 1902/14 - pasando créditos de otras Jurisdicciones a la actual Unidad Organizativa de Erogaciones No Apropiables – 1 06 25 – del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Por ello...

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