Decreto Nro. 2021 - EX-2020-03645621-GDEMZA-DPP#SAYOT
Emisor | MINISTERIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA |
Fecha de la disposición | 30 de Diciembre de 2020 |
MENDOZA, 30 DE DICIEMBRE DE 2020.
Visto el expediente EX-2020-03645621-GDEMZA-DPP#SAYOT, en el cual se tramita pago de proporcional indemnización supletoria por licencias no gozadas y proporcional sueldo anual complementario del ex agente de la Dirección de Parques y Paseos Públicos de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, SR. STONE CARLOS ENRIQUE; y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 2080/2019 se tiene por aceptada la renuncia, a partir del 01 de noviembre de 2017, del ex agente de la Dirección de Parques y Paseos Públicos de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, SR. STONE CARLOS ENRIQUE.
Que en orden 35 obra el Visto Bueno de Contaduría General de la Provincia a los cálculos efectuados en orden 30, relacionados con el proporcional de las licencias no gozadas y proporcional sueldo anual complementario, en orden 05 a los cálculos relacionados con la economía para afrontar dicho gasto y en orden 32 a los cálculos de la cuenta corriente.
Que en orden 42 obra intervención de la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas, por la cual se autoriza la desafectación de la partida de personal por un monto de PESOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO CON 36/100 ($ 98.941,36), con destino al pago de proporcional indemnización supletoria por licencias no gozadas y proporcional sueldo anual complementario del ex agente SR. STONE CARLOS ENRIQUE, gasto que será cubierto con economías de la partida de personal, según consta en orden 05.
Por ello y en virtud de lo dispuesto por el Artículo 39 inc. 1) de la Ley N° 5811, los Artículos 26 y 27 de la Ley N° 9219, Artículos 11, 12 y 28 del Decreto Reglamentario N° 544/2020 y lo dictaminado por la Asesoría Legal de la Dirección de Parques y Paseos Públicos y de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial,
EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Lo dispuesto por el presente decreto se dicta como excepción a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley Nº 9219.
Reconózcase al SR. STONE CARLOS ENRIQUE, D.N.I. N° 10.444.972, C.U.I.L. N° 20-10444972-8, en concepto de proporcional indemnización supletoria de licencias anuales no gozadas...
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