Decreto Nro. 198 - RECURSO DE ALZADA INTERPUESTO POR LA TÉC. RADIÓLOGA MÓNICA LUCIA SALINAS

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición12 de Febrero de 2020

MENDOZA, 12 DE FEBRERO DE 2020

Visto el expediente EX-2019-01510503—GDEMZA-MGTYJ en el cual la Técnica Radióloga MÓNICA LUCIA SALINAS, interpone Recurso de Alzada en contra de la Resolución Nº HD-2019-157-E-GDEMZA-OSEP emitida por el Honorable Directorio de la Obra Social de Empleados Públicos; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la mencionada Resolución se rechazó sustancialmente el recurso de revocatoria interpuesto por la Téc. Salinas en contra de la Resolución Nº 593/17 del Honorable Directorio de la Obra Social de Empleados Públicos;

Que el recurso fue interpuesto en legal tiempo y forma según lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo por lo cual el mismo es admitido formalmente;

Que la Téc. Salinas ingresó a la Obra Social de Empleados Públicos el 07 de noviembre de 2011 bajo la modalidad de Contrato de Locación de Servicios y posee un cargo en la Dirección General de Escuelas como docente con cambio de funciones a tareas administrativas desde febrero de 2003;

Que O.S.E.P. rechazó la solicitud de Pase a Planta de la Téc. Salinas, por considerar que existe incompatibilidad de cargos según lo normado por el Art. 13 de la Constitución de la Provincia de Mendoza;

Que la Sra. Salinas, en el marco de la Ley Nº 8798, que ratifica el acuerdo paritario homologado por Decreto Nº 772/15, que estableció el pase a planta del personal contratado, tendría el derecho a reclamar su pase a planta siempre que no estuviese alcanzada por la incompatibilidad de acumulación de dos cargos en la Administración Pública, fundamento del rechazo a su reclamo;

Que la normativa que rige la profesión de técnico radiólogo no establece excepción alguna, respecto a la posibilidad de acumular dos o más empleos o funciones públicas rentadas, cuya prohibición como regla general establece el Art. 13º de la Constitución Provincial;

Que las Leyes Nº 5465 y Nº 5241 que rigen a los agentes técnicos asistenciales, entre ellos a los técnicos radiólogos, determinan dentro de las condiciones generales de ingreso, la de no encontrarse en situación de incompatibilidad sin contemplar algún caso particular. Mismo criterio se encuentra en la ley marco de regulación del Empleo Público Provincial Decreto-Ley Nº 560/73;

Que nuestro Máximo Tribunal de Justicia ha expresado respecto al tema lo siguiente: “El Artículo 13 de la Constitución Provincial y la Ley Marco de regulación de Empleo Público Nacional (Ley Nº 25.164, Art. 25) marca la incompatibilidad...

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