Decreto Nro. 1925 - RECURSO JERÁRQUICO INTERPUESTO POR EL ODONT.MARCELO FABIÁN PÉREZ

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición13 de Noviembre de 2018

MENDOZA, 13 DE NOVIEMBRE DE 2018

Visto el expediente 6306-D-17-77770 y su acumulado 258-D-15-04858, en el cual el Odont. MARCELO FABIÁN PÉREZ, interpone Recurso Jerárquico en contra de la Resolución Nº 2379/17 del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes; y

CONSIDERANDO:

Que al no existir constancia de notificación de la Resolución mencionada, debe tenerse por notificado al agente al momento de presentar el escrito de interposición del recurso por lo tanto el mismo es admitido formalmente en razón de haber sido interpuesto en legal tiempo y forma según lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo;

Que el Acta de Interpretación de fecha 03 de noviembre de 2015, del Acuerdo Paritario homologado mediante Decreto Nº 772/15, ratificado por Ley Nº 8798, no se encuentra homologada;

Que el punto 2 del Acuerdo Paritario mencionado señala: “Con relación al pase a planta y efectivización, se propone la incorporación a planta al personal contratado de los regímenes 15, 27 y 33, de la administración pública provincial y OSEP con contratos de locación de servicios o por cualquier otra modalidad de trabajo, incluídos los trabajadores de PROFE, Comunitarios, correspondiente a los años 2012, 2013 y 2014, con continuidad al momento de su pase a planta, el cual se hará efectivo al 30 de noviembre de 2015, como término máximo; también el ingreso a planta permanente como efectivo, del personal que se encuentre al momento de la firma del presente acuerdo, en un cargo temporario o interino (en cargo vacante efectivo) de planta permanente, considerándole la antigüedad para el escalafón según la Ley Nº 7759. Asimismo exclusivamente en el régimen 15 los subrogantes, así como aquellos que perciben el adicional compensatorio por función creado por acuerdo paritario, homologado por Decreto 1585/11, en cuyo caso deberá procederse al ajuste de los respectivos cargos a los fines de la efectivización.”;

Que el Acta de Interpretación del Acuerdo Paritario homologado por Decreto Nº 772/15 y ratificado por Ley Nº 8798, considera que incluye el pase a planta de los médicos del Programa Médicos Comunitarios, 8va cohorte, cualquiera sea la forma de pago del contrato o beca;

Que la interpretación de referencia no surge de una Comisión de Interpretación de Convenio Colectivo que la torne vinculante, ni de una Comisión a la que se le hayan atribuido facultades interpretativas de los acuerdos arribados por el Estado Provincial con...

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