Decreto Nro. 186 - EX-2020-05375715-GDEMZA-MESA#MIPIP

EmisorMINISTERIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA
Fecha de la disposición 1 de Marzo de 2021

MENDOZA, 01 DE MARZO DE 2021

VISTO el EX-2020-05375715-GDEMZA-MESA#MIPIP, en el cual se eleva para su aprobación el Convenio de Contratación Directa Nº 1, celebrado con OHA CONSTRUCCIONES S.R.L., contratista de la obra: AMPLIACION GUARDIA Y CONSULTORIOS EXTERNOS HOSPITAL CENTRAL – CALLE LEANDRO N. ALEM ESQUINA SALTA, CIUDAD, MENDOZA, según adjudicación dispuesta por Decreto Nº 957/2018; y

CONSIDERANDO:

Que por el citado convenio, la contratista se compromete a ejecutar los ítems enumerados en el orden 65 página 2 a 4, vinculados con la necesidad de ampliar la cantidad de camas de terapia intensiva en el mencionado hospital, las que se emplazarían en el subsuelo del edificio de guardia.

Que analizada la pieza administrativa, el Comité de Evaluación de Alteraciones de Obra, otorga en el orden 71 el Vº Bº al Checklist de Proceso de Alteraciones de Obra: Contratación Directa Nº1- Ampliación Guardia y Consultorios Externos Hospital

Central, que obra en el orden 69.

Que el monto de los trabajos a ejecutar asciende a la suma de $ $ 41.878.364,48, considerando como precios de base los del mes de FEBRERO de 2018, conforme la documentación agregada en el expediente y detallada en el convenio cuya aprobación se gestiona.

Que en el orden 85 obra la intervención de la Contaduría General de la Provincia, que si bien las observaciones planteadas están salvadas, no así lo referente al acopio que no está dentro de los lineamientos generales de los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares de esta obra.

Que si bien en el orden 92 se encuentra la solicitud del Director Ejecutivo del Hospital Central, respecto a la ampliación de camas de terapia intensiva y fundando la misma en la Emergencia Sanitaria decretada a nivel nacional por Decreto 260/20 y por Ley Provincial N° 9220, que le darían sustento suficiente, se solicitó a la Dirección de Gestión de Contratos del Ministerio de Planificación e Infraestructura Pública, adjunte un informe justificativo de la medida de acopio, que escapa de lo establecido en los pliegos, toda vez que no surge, ni de lo manifestado en el Convenio, ni existe documentación técnico/económico que permita inferir los motivos de lo mismo.

Que en tal sentido, en el orden 105 obra informe técnico elaborado por la Dirección de Obras de la Subsecretaría de Obras Públicas del Ministerio actuante.

Que en el orden 107 obra copia del dictamen del Consejo de Obras Públicas...

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