Decreto Nro. 1817 - EXPEDIENTE Nº EX-2020-06308345-GDEMZA-MGTYJ-

EmisorMINISTERIO SEGURIDAD
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2020

MENDOZA, 30 DE DICIEMBRE DE 2020

Visto el Expediente Nº EX-2020-06308345-GDEMZA-MGTYJ; y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones se tramita el otorgamiento de un incremento salarial para el Personal Policial y del Servicio Penitenciario de la Provincia de Mendoza, trasladable a los beneficiarios de retiros y pensiones en virtud del sistema de movilidad vigente;

Que para la mayoría de los sectores de la Administración Pública, se dispuso: 1.- Un incremento salarial valido hasta el 31/12/2021, el que consiste en una suma anual no remunerativa no bonificable de $54.000 pagadero en 12 cuotas según el siguiente cronograma: a.- para los meses de enero a agosto de 2021 la suma de $ 4.000,00; b.- para los meses de setiembre y Octubre de 2021 la suma de $ 5.000,00; c.- para los meses de noviembre y diciembre de 2021 la suma de $ 6.000,00. 2.- Un incremento sobre la asignación de clase vigente al 30/11/2020, del 20% el que se pagará en tres tramos: 7% a partir de marzo de 2021, 7% a partir de julio de 2021, y 6% a partir de octubre de 2021, no acumulables;

Que en la negociación salarial 2020 – 2021 se lograron acuerdos de incremento del 20% en tres tramos, no acumulativos, con los siguientes sectores: Fiscalía de Estado, Ente Provincial del Agua y Saneamiento, Funcionarios Judiciales, Parques y Paseos Públicos, Guardaparques, Ecoparque, Tesorería General de la Provincia, Honorable Tribunal de Cuentas, Administración Central, Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, Contaduría General de la Provincia, Legislatura Provincial;

Que en este marco y siendo que el Personal Policial y Penitenciario no se encuentra alcanzado por las normas de negociación colectiva del sector público, resulta necesario otorgarle las mismas condiciones salariales que a los sectores de la Administración Pública Provincial antes individualizados;

Que en el caso de los beneficiarios del Régimen de Retiros y Pensiones del Personal Policial y del Servicio Penitenciario de la Provincia de Mendoza, se hace necesario otorgar las mismas condiciones salariales que a los agentes que se encuentran en actividad, conforme el Artículo 11 Decreto-Ley Nº 4176/77, respetándose las retroactividades mensuales que se generen;

Que dicho incremento se aplicará sobre la asignación de la Clase del Cargo del Jefe de las Policías, otorgado por Decreto Nº 2648/2017;

Que el incremento que se dispone a través del presente...

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