Decreto Nro. 1801 - EXP. Nº 1281-M-2011-00108

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición25 de Octubre de 2018

MENDOZA, 25 DE OCTUBRE DE 2018

Visto el Expediente Nº 1281-M-2011-00108; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/05 obra informe expedido por la Subdirección de Recursos Humanos del entonces Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, de fecha 06/06/11, sobre inasistencias sin justificar durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011 de la agente Bárbara Muriel Córdoba, C.U.I.L. Nº 27-33517669-9.

Que atento a lo informado ut supra y en virtud de lo prescripto por los artículos 64, 67 y 70 del Decreto Ley Nº 560/73, se dicta Resolución Nº 252, de fecha 21/06/11, obrante a fs. 10/11, por la cual el ex Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos resuelve instruir sumario administrativo a la agente Bárbara Muriel Córdoba, designando al correspondiente instructor sumariante.

Que a fs. 17/27 la Subdirección de Recursos Humanos, en fecha 25/10/11, informa que la agente continúa registrando inasistencias justificadas e injustificadas durante los meses de junio a septiembre y a fs. 28/94 vta. acompaña copia certificada del legajo de aquella.

Que a fs. 95/96 obra copia simple de Resolución Nº 485, de fecha 04/11/11, por la cual el ex Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos resuelve suspender por diez (10) días en sus funciones a la agente de marras por incurrir en seis (6) días de inasistencias injustificadas durante los meses de junio y julio de 2011.

Que a fs. 97/98 el instructor sumariante resuelve correr vista a la agente, a los fines de efectuar descargo, lo cual se le notificó en fecha 09/01/12, conforme cédula de notificación obrante a fs. 99.

Que a fs. 100/104 obran las conclusiones del sumario por parte del instructor sumariante, en las cuales aconseja aplicar la sanción de cesantía a la agente, prevista en los incisos a) y c) del artículo 67 del Decreto Ley Nº 560/73; asimismo resuelve correrle vista a la agente de marras para alegar; lo cual se le notifica conforme constancias de fs. 105.

Que a fs. 107 obra informe, de fecha 28/10/14, de la Subdirección de Recursos Humanos y Liquidaciones por el cual se pone en conocimiento que la agente al no retornar en septiembre de 2011 a sus tareas habituales y al no dar noticias del motivo de su ausencia, se procedió a suspender sus haberes, situación que se mantiene al día de la fecha.

Que habiéndose conformado la Junta de Disciplina según lo informado a fs. 116; dicha Junta, en fecha 30/06/18, dictamina conforme constancias obrantes a fs. 117 y vta...

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