Decreto Nro. 1799 - EX-2020-00369056-GDEMZA-RCCP#MGTYJ

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2020

MENDOZA, 30 DE DICIEMBRE DE 2020

Visto el expediente EX-2020-00369056-GDEMZA-RCCP#MGTYJ; y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones tramita la aprobación del Contrato de Comodato de un inmueble celebrado entre la Provincia de Mendoza representada por el Sr. Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia y representantes de la firma Libertad S.A., destinada al funcionamiento de un Centro de Documentación Rápida en el centro comercial “Libertad S. A.”, dependiente del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.

Que a orden 4 obra copia de Decreto N° 1406 de fecha 15 de Agosto de 2.017, por medio del cual se aprobó el anterior Contrato de Comodato vigente hasta el 30 de Abril de 2.020.

Que a orden 5 obra informe técnico de la Oficina Gestión Edilicia del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, donde se indica que es positivo seguir en el inmueble debido a que cuenta con la comodidad y estructura para el funcionamiento de una Oficina del Registro Civil.

Que a orden 7 obra informe de intervención del Registro Único de Propiedades Inmuebles (R.U.P.I.) donde informa que no tiene objeciones que realizar.

Que a orden 24 obra el correspondiente volante de imputación preventiva debidamente intervenido por la Contaduría General de la Provincia.

Atento a ello, lo dictaminado por Asesoría Letrada del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas a orden 16, y según lo dispuesto por la Ley N° 8706 y Decreto N° 1000/15.

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

Artículo 1º

Apruébese el Contrato de Comodato celebrado con fecha 01 de Mayo de 2.020, suscripto entre la Provincia de Mendoza, representada por el Sr. Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia Dr. Víctor Enrique Ibáñez y Libertad S.A. representado por el Sr. Ramón Quagliata en su carácter de Apoderado, que como Anexo forma parte del presente decreto.

Artículo 2º

Reconózcase el gasto devengado y autorícese al Área Contable del Registro Civil al pago de los meses devengado desde la firma del Comodato al 31 de diciembre de 2020.

Artículo 3°

El gasto que demande lo dispuesto en el artículo precedente será atendido...

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