Decreto Nro. 1798 - EX–2020-00132046-GDEMZA-MESA#MEIYE

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA Y ENERGIA
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2020

MENDOZA, 30 DE DICIEMBRE DE 2020

VISTO el EX–2020-00132046-GDEMZA-MESA#MEIYE, en el cual se gestiona el reconocimiento y otorgamiento, a partir del 10 de noviembre del 2020, del Adicional por Participación en Organismos Colegiados a los miembros titulares de la Junta de Reclamos del Ministerio de Economía y Energía creada por Resolución N° 167-EyE-2020 y de acuerdo a lo estipulado en la Ley Nº 9219 Presupuesto 2020 y Decreto Reglamentario Nº 544/2020; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 9103, que derogó todo el Capítulo V del Decreto-Ley N° 560/73 estableciendo un nuevo Régimen General Disciplinario de Empleados Públicos y la creación de la Oficina General de Sumarios, en sus Artículos 38 y 39 ratifica la Junta de Reclamos para cada Jurisdicción;

Que el nuevo régimen dispone que la mencionada Junta, dentro de su competencia, comprende los reclamos de los agentes que hagan a sus derechos, que no sean disciplinarios, mediante trámites sencillos y plazos breves;

Que el Artículo 38 de la Ley Nº 9103 establece que la Junta estará compuesta por SEIS (6) miembros titulares y SEIS (6) miembros suplentes. titulares y tres suplentes, uno por lo menos letrado, serán nombrados por autoridad competente y los restantes miembros representarán al personal;

Que la función de los miembros de la Junta durará TRES (3) años y se renovará totalmente al finalizar ese período. Si finalizado el mismo no se hubiera procedido a su renovación, los miembros actuantes continuarán en funciones hasta la constitución de la nueva Junta;

Que lo tramitado cuenta con dictamen favorable de la Subdirección de Asuntos Administrativos Sueldos de la Contaduría General de la Provincia, obrante en orden 56;

Que es necesario efectuar una modificación al Presupuesto de Erogaciones vigente, con el fin de adecuar las partidas presupuestarias de personal, sin que ello signifique un incremento al Presupuesto del presente Ejercicio;

Que en Orden 10 y 11 obran los informes de la Subdirección de Recursos Humanos del Ministerio detallando la situación de revista de los miembros titulares y suplentes,

Por lo expuesto, teniendo en cuenta lo establecido por los Artículos 38 y 39 de la Ley N° 9103, lo previsto por los Artículos 8, 25 Inciso b), 26, de la Ley Nº 9219 y 2, 11, 12, 13 y 28 del Decreto - Acuerdo Nº 544/2020,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

Artículo 1º

El presente decreto...

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