Decreto Nro. 1766 - MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTO

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición 8 de Agosto de 2019

MENDOZA, 08 DE AGOSTO DE 2019.

Visto el EX-2019-04076954--GDEMZA-DGPRES#MHYF y la necesidad de efectuar reestructuraciones presupuestarias entre Jurisdicciones, en el marco legal de los artículos - 9° inc. d) y 11 inc. d) de la Ley Nro. 9122 y 3° y 4° del Decreto Acuerdo 2356/18; y artículo 15 del Decreto Acuerdo Nro. 2316/18; y

CONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado por la Ley de Presupuesto a realizar reestructuraciones presupuestarias cuando así lo considere conveniente;

Que existe saldo disponible en el Ministerio de Hacienda y Finanzas, con financiamiento rentas generales, el cual puede destinarse a cubrir parte de las necesidades presupuestarias planteadas por distintas Jurisdicciones, en la misma partida y grupo de insumo;

Que por otro lado y efectuado proyecciones de los recursos se observa que existiría al cierre del ejercicio una mayor recaudación estimada en el Régimen de Coparticipación Federal; siendo dicha mayor recaudación destinada a terminar de cubrir los déficit presupuestarios planteados y estimados;

Que como consecuencia de que se incrementa un recurso participable se tramita en la misma norma legal el incremento de la participación municipal en la proporción correspondiente según la Ley Nro.8127;

Que por aplicación del artículo 15 del Decreto Acuerdo Nro.2316/18 es factible adecuar el ritmo del gasto siempre y cuando se mantenga el equilibrio presupuestario;

Por ello, de acuerdo con lo establecido por los Artículos Nº 9° inc. d) y 11 inc. d) de la Ley Nº 9122 y Artículos Nº 3° - 4° y 27 del Decreto-Acuerdo Nº 2356/18 y 15 del Decreto Acuerdo Nro. 2316/18

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones Vigente año 2019, del modo que se indica en la Planilla Anexa I, que consta de dos (2) fojas y que forma parte integrante de la presente norma legal, debiendo considerarse aumentado en la suma de PESOS MIL SETECIENTOS DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUARENTA Y SEIS CON OCHO CENTAVOS ($ 1.719.352.046,08) y disminuido en la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON ONCE CENTAVOS ($ 177.398.844,11).

Artículo 2º

Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones Figurativas año 2019, del modo que se indica en la Planilla Anexa II, que forma parte integrante de la presente...

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