Decreto Nro. 1763 - MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA - DGP

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2020

MENDOZA, 28 DE DICIEMBRE DE 2020.

Visto el EX-2020-06279100- -GDEMZA-DGPRES#MHYF y la necesidad de efectuar reestructuraciones presupuestarias entre Jurisdicciones en el marco del artículo 9° inc. d) de la Ley Nro. 9219 y 3° del Decreto Acuerdo 544/20; y

CONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado por la Ley de Presupuesto a realizar reestructuraciones presupuestarias cuando así lo considere conveniente;

Que existen saldos disponibles en la Dirección General de Escuelas que pueden destinarse a los pedidos de refuerzos solicitados por Fiscalía de Estado, Ministerio de Economía y Energía y el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deporte y que obran en las presentes actuaciones por un total de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS ($ 486.789.400,00);

Que la modificación que se tramita no incrementa el presupuesto provincial en sus valores globales;

Por ello en el marco de los artículos 9° inc. d) de la Ley Nro. 9219 y 3° y 28 del Decreto-Acuerdo Nº 544/20;

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones Vigente para el año 2020, del modo que se indica en la Planilla Anexa I y que forma parte integrante del presente decreto, debiendo considerarse modificado globalmente en la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS ($ 486.789.400,00).

Artículo 2°

Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones Figurativas de la Administración Central Vigente para el año 2020, del modo que se indica en la Planilla Anexa II y que forma parte integrante del presente decreto, debiendo considerarse incrementado en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y TRES MILLONES CIEN MIL ($ 143.100.000,00) y disminuido en la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS ($ 431.789.400).

Artículo 3°

Modifíquese el Cálculo de Recursos Figurativos de Organismos Descentralizados y Cuentas Especiales Vigentes para el año 2020, del modo que se indica en la Planilla Anexa III y que forma parte integrante del presente decreto, debiendo considerarse incrementado en la suma de PESOS CIENTO...

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