Decreto Nro. 1753 - EX-2020-3782079-GDEMZA-RCCP#MGTYJ-

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2020

MENDOZA, 28 DE DICIEMBRE DE 2020

Visto el Expediente Nº EX-2020-03782079-GDEMZA-RCCP#MGTYJ, mediante el cual se solicita el pago del Adicional por Función Registral para los agentes LUCIANO ANDRES MOTTA VIDELA y JORGE ARNALDO ARREDONDO; y

CONSIDERANDO:

Que los citados agentes prestan funciones en la Dirección de Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas desde el 11 de agosto de 2020 fecha en que se reintegran a sus funciones según Decreto Nº 1479/2020 obrante en orden 20;

Que en orden 12 obra informe de la situación de revista de los agentes mencionados emitido por la Subdirección de Personal del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia;

Que en orden 23 obran notas de la Oficina de Personal de la Dirección de Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas informando que a los Sres. Motta Videla y Arredondo, les corresponde percibir el Adicional por Función Registral como "Auxiliar Administrativo";

Que en orden 33 obra informe de la Subdirección Asuntos Administrativos Sueldos de la Contaduría General de la Provincia del Ministerio de Hacienda y Finanzas otorgando el visto bueno a los cálculos correspondientes al Adicional Función Registral "Auxiliar Administrativo" y a la economía que se utilizará para cubrir el mayor costo que obran en orden 24 y 25 respectivamente;

Que en orden 42 obra el visto bueno para la desafectación solicitada en orden 36;

Por ello y de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 27 y 28 de la Ley Nº 9219 Presupuesto año 2020 y los Artículos 12 y 13 del Decreto Acuerdo Nº 544/2020 Reglamentario de la misma y la Ley Nº 8183, que ratifica el Decreto Nº 22/10 mediante la cual se creó el Adicional por Función Registral,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones vigente año 2020, del modo que se indica en Planilla Anexa I, que forma parte integrante del presente decreto, por un total de PESOS: SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS ( $66.962,83).

Artículo 2º

Reconózcase a partir del 11 de agosto de 2020 y hasta la fecha del presente...

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