Decreto Nro. 1675 - 2020-4932855-MESA

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA Y ENERGIA
Fecha de la disposición17 de Diciembre de 2020

MENDOZA, 17 DE DICIEMBRE DE 2020

Visto el expediente EX-2020-04932855-GDEMZA-MESA#MEIYE, en el cual se tramita el otorgamiento de un subsidio para la “FUNDACIÓN INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL”; y

Considerando:

Que el presente subsidio es solicitado para atender el correcto funcionamiento y desarrollo de las actividades de la “FUNDACIÓN INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL”;

Que entre las actividades de la misma se encuentran: contribuir al mejoramiento de la calidad de vida en el ámbito rural generando programas que apunten a efectivizar una mayor dinámica de la malla económica de la Provincia de Mendoza, como así también de servir de nexo entre el sector estatal y privado en todos los asuntos vinculados a la actividad agropecuaria;

Que, además, pro- porciona a los productores rurales herramientas de apoyo tales como investigación, capacitación, integración y diversos estudios, con el fin de mejorar su eficiencia productiva y de incrementar su rentabilidad;

Que también debe proponer, difundir y apoyar las correctas prácticas culturales y medioambientales que permitan la sustentabilidad del medio rural, así como elaborar programas de transformación que incluyan planes de reconversión, educación rural y competitividad;

Que la Provincia de Mendoza a través del Ministerio de Economía y Energía, ha dispuesto otorgar a tal fin un subsidio de $ 9.500.000,00 con cargo de rendir cuentas de acuerdo al Visto Bueno obrante en el orden 6;

Por ello, conforme con lo dispuesto por la Disposición Nº 7/15 de Contaduría General de la Provincia y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Energía;

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

Artículo 1º

Otórguese a la “FUNDACIÓN INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL” en carácter de subsidio y con cargo de rendir cuentas, la suma de PESOS NUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 9.500.000,0) para atender el correcto funcionamiento y desarrollo de sus actividades.

Artículo 2º

El gasto que demande lo dispuesto por el presente decreto será atendido por Tesorería General de la Provincia con cargo a la Cuenta General C97001 43104 000 U.G.G. C00001 del Presupuesto vigente Ejercicio 2020, previo cumplimiento de lo dispuesto por la Disposición Nº...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR