Decreto Nro. 166 - EX-2019-06155080-GDEMZADPP#SAYOT

EmisorMINISTERIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA
Fecha de la disposición10 de Febrero de 2020

MENDOZA, 10 DE FEBRERO DE 2020.

Visto el expediente EX-2019-06155080-GDEMZADPP#SAYOT, mediante el cual se tramita la renuncia a partir del día 1 de noviembre de 2019 por haber obtenido el Beneficio del Retiro Transitorio por Invalidez, presentada por el agente Lozada, Carlos Washington, C.U.I.L. N° 20-11846792-3; y

CONSIDERANDO:

Que en orden 02 el Sr. Lozada, Carlos Washington, D.N.I N° 11.846.792, presenta su renuncia al cargo Clase 04, Código Escalafonario 3-41-02, Régimen Salarial 13, de la planta de personal permanente de la Dirección de Parques y Paseos Públicos, por haber obtenido el goce del beneficio del Retiro Transitorio por Invalidez a partir del 1° de noviembre de 2019.

Que en orden 05 obra informe de situación de revista del mencionado agente.

Que en orden 06 obra Dictamen de Comisión Médica de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, donde concluye que el Sr. Lozada, Carlos Washington, D.N.I N° 11.846.792, presenta un porcentaje del setenta por ciento (70%) de incapacidad laboral, por lo que sí reúne las condiciones exigidas en el inciso (a) del Artículo 48 de la Ley N° 24.241, para acceder al Beneficio de Retiro Transitorio por Invalidez.

Por ello y en virtud de lo dispuesto en el inciso a) del Artículo 48 de la Ley N° 24.241 y lo dictaminado por las Asesorías Legales de la Dirección de Parques y Paseos Públicos y la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Téngase por aceptada a partir del 1° de noviembre de 2019, la renuncia al cargo Clase 04, Código Escalafonario 3-41-02, Régimen Salarial 13, de la planta de personal permanente de la Dirección de Parques y Paseos Públicos, al Sr. Lozada, Carlos Washington, C.U.I.L. N° 20- 11846792-3, por haber obtenido el beneficio de Retiro Transitorio por Invalidez por parte de la A.N.Se.S.

Artículo 2º

El Sr. Lozada, Carlos Washington, deberá, en el término de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no con el beneficio que otorga la citada institución.

Artículo 3º

Téngase presente que el Sr. Gobernador y demás funcionarios de la jurisdicción manifiestan su especial...

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