Decreto Nro. 1657 - EX-2019-02002503--GDEMZA-DGPRES#MHYF

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición23 de Julio de 2019

MENDOZA, 23 DE JULIO DE 2019

Visto el EX-2019-02002503--GDEMZA-DGPRES#MHYF en el que el Ministerio de Hacienda y Finanzas gestiona la modificación del Presupuesto General vigente, en el marco del artículo 74 de la Ley n° 8701, norma permanente por artículo 42 de la Ley Nro. 9122, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 74 de la Ley nº 8701 faculta al Poder Ejecutivo a incorporar en las distintas Jurisdicciones el importe correspondiente a Amortización de la Deuda Flotante agregando que el aumento que se produzca por este concepto se podrá ajustar con el concepto “Financiamiento” (Uso del Crédito); tramitándose en esta ocasión la deuda flotante financiada con rentas generales para los caracteres 1, 2, 3 y 5;

Que para todos los ajustes se ha tenido en cuenta la información proporcionada por Contaduría General de la Provincia en relación a la deuda flotante la cual rola en el expediente de referencia;

Por ello y atento a lo establecido por el artículo 74 de la Ley Nro. 8701 norma permanente por aplicación del artículo 42 de la Ley Nro. 9122;

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO DE MINISTROS

D E C R E T A:

Artículo 1°

Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones vigente para el año 2.019 de la Administración Central del modo que se indica en la Planilla Anexa I que consta de cincuenta y cinco fojas (55) y que forma parte de este decreto, debiendo considerarse incrementado en la suma de PESOS CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS DOS CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS ($ 5.681.974.202,38).

Artículo 2°

Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones vigente para el año 2.019 de los Organismos Descentralizados, del modo que se indica en la Planilla Anexa II que consta de diecisiete (17) y que forma parte de este decreto, debiendo considerarse incrementado en la suma de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES OCHENTA Y UN MIL QUINIENTOS DOS CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2.256.081.502,85).

Artículo 3°

Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones vigente para el año 2.019 de las Cuentas Especiales, del modo que se indica en la Planilla Anexa III que consta de dos fojas (2) y que forma parte de este decreto, debiendo considerarse incrementado en la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO...

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