Decreto Nro. 1653

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición15 de Diciembre de 2020

MENDOZA, 15 DE DICIEMBRE DE 2020

Visto el expediente N° EX-2020-05219614-GDEMZA-DIC; y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 543 de fecha 16 de abril de 2.020, se adjudicó a la firma “SERVICIOS DE COMUNICACIONES S.R.L.–SERCOM S.R.L.-C.U.I.T. Nº 30-71142930-8”, la contratación del servicio de infraestructura necesaria para la implementación del Centro de Contacto al Ciudadano (CCC 148), por la suma total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTE ($ 37.306.620,00), por el término de dieciocho (18) meses;

Que el artículo 3° del Decreto Nº 543/20, dispone que el monto total adjudicado será atendido por la Tesorería General de la Provincia, con cargo a la partida presupuestaria U.G.C. G99022-41301-000; U.G.E. G96140, invirtiendo en tal concepto la suma de PESOS DIECISEIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA MIL SETECIENTOS VEINTE ($ 16.580.720,00) para el ejercicio correspondiente al año 2.020 y la suma de PESOS VEINTE MILLONES SETECIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS ($ 20.725.900,00) para el ejercicio correspondiente al año 2.021;

Que la afectación de crédito para cada ejercicio se calculó a razón de $ 2.072.590,00 por mes, siendo de ocho (8) meses para el año 2.020 y de diez (10) meses para el año 2.021;

Que por el tiempo transcurrido entre el inicio del trámite licitatorio y la adjudicación del servicio, la prestación del mismo se vio postergada en un mes, siendo el tiempo correcto de su prestación de siete (7) meses para el año 2.020 y once (11) meses para el año 2.021;

Que por lo señalado es necesario rectificar el artículo 3º del Decreto Nº 543 de fecha 16 de abril de 2.020, encuadrado en el artículo 77, inc. a) de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Provincia;

Que además, la Dirección de Informática y Comunicaciones solicita en órdenes Nº 5 y 8, se autorice la desafectación del crédito presupuestario comprometido en el artículo 3º del Decreto Nº 543/20 y no devengado correspondiente a los meses de junio a octubre de 2.020;

Que tal solicitud es efectuada en virtud de que el Gobierno de la Provincia, en uso de sus facultades, no hizo uso durante el transcurso del citado periodo de la totalidad de los servicios detallados en el Pliego de Condiciones Particulares y Técnicas que rigieron la licitación, cuya copia se acompaña en orden Nº 9, lo que generó durante los meses de junio a octubre de 2.020 una ejecución aproximada del 72,82% del servicio previsto mensualmente;

Que...

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