Decreto Nro. 1646 - EX-2022-05221372- GDEMZA-DGPRES#MHYF MODIFICA DECRETO ACUERDO N° 191/22

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición19 de Septiembre de 2022

MENDOZA, 19 DE SETIEMBRE DE 2022

Visto el EX-2022-05221372- GDEMZA-DGPRES#MHYF, en el que la autoridad máxima del Ministerio de Hacienda y Finanzas gestiona la modificación del Decreto Acuerdo 191/22 reglamentario de la Ley N° 9356 -Presupuesto Año 2022, y

CONSIDERANDO:

Que reglamentar las Leyes es facultad del Poder Ejecutivo, según lo dispuesto por el artículo 128 inciso 2 de la Constitución Provincial.

Que el presente se dicta en uso de las competencias propias del Poder Ejecutivo, y en miras a cumplir con la manda contenida en la Ley N° 9356, según la cual, la reglamentación determinará la forma de instrumentación de las autorizaciones que contiene.

Que dadas las necesidades que han ido surgiendo en el transcurso del Ejercicio en curso, se procede a la modificación del citado Decreto Acuerdo N° 191/22 a fin de permitir la implementación de las disposiciones contenidas en los artículos 28 y 47 de la Ley Nº 9356 relacionadas con derechos inherentes a los agentes alcanzados por las mismas;

Que dicha modificación se efectúa teniendo en cuenta una mejora en los procedimientos administrativos, en un todo ordenado donde las jurisdicciones deben ejecutar sus presupuestos de conformidad con las leyes de Administración Financiera y Responsabilidad Fiscal, con el objetivo de garantizar una correcta ejecución presupuestaria en cumplimiento de los extremos legales, en cuanto a la existencia de crédito suficiente para poder comprometer una erogación.

Que en lo relativo a la modificación del artículo 12 del Decreto Acuerdo N° 191/22, la misma consiste en aclarar que, las limitaciones dispuestas por el Artículo 28 de la Ley Nº 9356, no comprenden aquellos derechos cuyo otorgamiento sea dispuesto por ley y se hayan verificado los requisitos previstos por la misma y los cuales se enumeran en el citado Artículo 12 del Decreto Acuerdo N° 191/22;

Que asimismo es facultad del Poder Ejecutivo adoptar las medidas que considere convenientes a efectos de mejorar la gestión de los recursos y gastos provinciales.

Por ello,

EL

SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO DE MINISTROS

D E C R E T A:

Artículo 1º

Modifíquese el Artículo 12 del Decreto Acuerdo N° 191/22 el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 12 - Artículo 28 - Limitación a Incrementar el Gasto en Personal - El otorgamiento de adicionales, subrogancias y todo otro movimiento que produzca un incremento del gasto en la partida Personal con financiamiento de rentas generales, sólo podrá ser autorizado si el mayor costo es cubierto con economías de la citada partida y/o crédito previsto en la misma, a excepción de los casos mencionados en el Artículo 27 de la Ley Nº 9356.

Las economías deberán ser debidamente justificadas en la pieza administrativa en la cual se tramita.

Si del análisis de dicha información no se justifica la existencia de economías reales y de crédito suficiente para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR