Decreto Nro. 1622 - MODIFICACION PRESUPUESTARIA HOSPITAL SCARAVELLI

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición11 de Septiembre de 2017

MENDOZA, 11 DE SETIEMBRE DE 2017

Visto el Expte. Nº 1250-D-2017-04537, en el cual el Hospital Antonio Scaravelli perteneciente al Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, solicita un incremento presupuestario en la partida 74104 Acreedores Varios Perimidos ; y

CONSIDERANDO:

Que el mencionado hospital necesita cumplir con el pago correspondiente a la Orden de Pago N° 1.893 año 2015, del CUC 287, Proveedor Nº 20904 FRESENIUS KABI S.A., CUIT N° 30-69297195-3;

Que a fs. 23 de las actuaciones de referencia obra certificación de la Contaduría General de la Provincia determinando una deuda perimida en rentas generales por un total de $ 17.137,20.- (PESOS DIECISIETE MIL CIENTO TREINTA Y SIETE CON VEINTE CENTAVOS), emergente del comprobante de la Orden de Pago N° 1.893, año 2015 del CUC 287 y que a los fines de su cancelación en el presente ejercicio resulta necesario dotar de crédito a la partida 74104 a la Unidad de Crédito S96116;

Que el artículo 46 de la Ley 8838 considera norma de carácter permanente lo establecido por el artículo 75 de la Ley 8701, el cual autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto el importe correspondiente a Amortización de Deuda Flotante Perimida en la medida que la misma se encuentre dentro del término fijado por la ley común para la prescripción, previo informe de la Contaduría General de la Provincia y además expresa que el aumento que se produzca se ajustará con el concepto “Financiamiento” (Uso del Crédito de Proveedores y Contratistas);

Por ello y en virtud de lo dispuesto por los artículos 47 y 50 de la Ley 8930, artículo 75 de la Ley 8701 y artículo 26 del Decreto Acuerdo 1927/16;

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

Artículo 1°

Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones establecido por el Presupuesto General vigente 2017 del modo que se indica en la Planilla Anexa I que integra este decreto, debiendo considerarse incrementado globalmente en la suma de PESOS DIECISIETE MIL CIENTO TREINTA Y SIETE CON VEINTE CENTAVOS ($17.137,20).

Artículo 2°

Modifíquese el Financiamiento del Hospital Antonio Scaravelli, vigente Año 2017, del modo que se indica en la Planilla Anexa II que forma parte integrante del presente decreto, considerándose incrementado globalmente en la suma de PESOS DIECISIETE MIL CIENTO TREINTA Y SIETE CON VEINTE CENTAVOS ($ 17.137,20). .

Artículo 3°

El presente decreto será refrendado por...

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