Decreto Nro. 1566 - EX-2022-4344812-HGAILHAC

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición 8 de Septiembre de 2022

MENDOZA, 08 DE SETIEMBRE DE 2022

Visto el expediente EX-2022-04344812--GDEMZA-HGAILHAC#MSDSYD, mediante el cual se tramita la renuncia presentada por Da. CRISTINA BEATRIZ NACARATTO, en razón de haber obtenido el beneficio jubilatorio; y

CONSIDERANDO:

Que en orden 02 del expediente de referencia se presenta Da. Cristina Beatriz Nacaratto, DNI N° 11.846.848, con el objeto de renunciar al cargo que ocupaba en el Hospital “Héctor Gailhac”, del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, a partir del 22 de junio de 2022, para acogerse a los beneficios de la jubilación;

Que en orden 03 se agrega comprobante de cobro de haberes jubilatorios del mensual junio de 2022;

Que de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 12 del Decreto-Acuerdo N° 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial cuentan con sesenta (60) días hábiles, a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia, la continuidad o no de su afiliación al citado organismo;

Por ello, en razón de lo solicitado, lo informado por la Subdirección de Personal y lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes;

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Téngase por aceptada, a partir del 22 de junio de 2022, la renuncia presentada por la agente que a continuación se menciona, al cargo del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes que se especifica, por haber obtenido el beneficio jubilatorio, Ley N° 24.241 y modificatorias:

JURISDICCIÓN 08 – CARÁCTER 1

HOSPITAL HÉCTOR GAILHAC - UNIDAD ORGANIZATIVA 14

CLASE 013 - Cód. 15-2-01-04 – Enfermera con título terciario.

Da. CRISTINA BEATRIZ NACARATTO, clase 1956, DNI Nº 11.846.848, CUIL Nº 27-11846848-8.

Artículo 2º

Establézcase que Da. CRISTINA BEATRIZ NACARATTO, DNI Nº 11.846.848, CUIL Nº 27-11846848-8, deberá en el término de sesenta días (60) hábiles, contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no, con el beneficio que otorga la citada Institución. .

Artículo 3°

El Sr. Gobernador, la...

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