Decreto Nro. 1551 - EXP. Nº 6751-D-18-20108-ACTA ACLARATORIA

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición18 de Septiembre de 2018

MENDOZA, 18 DE SETIEMBRE DE 2018

Visto el Expediente N° 6751-D-2018-20108; y

CONSIDERANDO:

Que la Subsecretaría de Trabajo y Empleo solicita la homologación del Acta Aclaratoria REG. 13 alcanzada en fecha 06 de septiembre de 2018, en el ámbito de la negociación colectiva llevada a cabo por los representantes del Poder Ejecutivo y el sindicato debidamente acreditado;

Que la citada homologación, resulta procedente con relación a aquellas cláusulas o puntos de los acuerdos que así lo requieran, a fin de que adquieran las características de fuerza normativa, efecto erga omnes y plazo de vigencia;

Que en ese sentido, lo convenido puede ser homologado por cumplir las condiciones de la legislación vigente en la materia y no afectar disposiciones de orden público;

Que en audiencia de fecha 06 de septiembre de 2018, se suscribió un Acta Aclaratoria REG. 13 en la cual las partes aclaran el punto 3) del Acta Acuerdo paritaria firmada el 22 de diciembre de 2017, correspondiente al régimen salarial 13: Se entiende que tiene las mismas características que el ítem riesgo que se liquida actualmente a los agentes de la Dirección de Parques y Paseos Públicos, no configurando la creación de un nuevo ítem, ni de nuevos riesgos que no sean los comprendidos en el Decreto Nº 2737/79;

Que se trata de un Acta Interpretativa, suscripta por las mismas partes del Acuerdo inicial que ya se encuentra suscripto y homologado, la interpretación no modifica lo esencial del Acuerdo, sino que las partes pretenden darle un alcance al mismo que permite darle cumplimiento;

Que la misma se firma en cumplimiento de los principios de la buena fe negocial que prima entre las entidades gremiales y la Administración Central y de acuerdo a las recomendaciones de la OIT;

Que la negociación interpretativa se prevé en las normas de negociación colectiva como un mecanismo de solución de conflicto, entendiendo la interpretación como uno de los elementos propios de la aplicación;

Que por imperio de las previsiones del Artículo 6 del Decreto Nº 955/04 corresponde que el acta acuerdo sea sometida a ratificación legislativa;

Por ello y de conformidad con lo dictaminado por Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Homológuese el Acta Aclaratoria REG. 13 en la cual las partes aclaran el punto 3) del Acta Acuerdo paritaria...

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