Decreto Nro. 1535 - EX–2020-04444738-GDEMZA-RCCP#MGTYJ-

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición25 de Noviembre de 2020

MENDOZA, 25 DE NOVIEMBRE DE 2020.

Visto el Expediente Nº EX–2020-04444738-GDEMZA-RCCP#MGTYJ, mediante el cual se tramita la renuncia presentada por el agente DANIEL ALFREDO EGARRAT, a fin de acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria; y

CONSIDERANDO:

Que en orden 02 el agente DANIEL ALFREDO EGARRAT, C.U.I.L. N° 20-11642973-0, presentó su renuncia a partir del 11 de septiembre de 2020, al cargo que ocupaba en la Dirección de Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, a fin de acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria;

Que en orden 03 obra informe del Director del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas;

Que en orden 06 se adjunta constancia de la suspensión de haberes;

Que en orden 07 obra situación de revista del agente DANIEL ALFREDO EGARRAT, emitido por la Subdirección de Personal del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, rectificada en orden 16 por la misma Oficina;

Que en orden 11 obra dictamen legal de Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia;

Que de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 12 del Decreto-Acuerdo Nº 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial, cuentan con sesenta (60) días hábiles a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual, la continuidad o no de su afiliación al citado organismo;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Téngase por aceptada la renuncia, a partir del 11 de septiembre de 2020, al agente DANIEL ALFREDO EGARRAT, C.U.I.L. N° 20-11642973-0, al cargo Clase 010, Jefe de División (Efectivo), Código Escalafonario: 05-1-03-08, UNIDAD ORGANIZATIVA 02- Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, JURISDICCIÓN 05- Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, por haberse acogido a los beneficios de la jubilación ordinaria por Ley Nº 24.241 y modificatorias A.N.Se.S.

Artículo 2º

El señor DANIEL ALFREDO EGARRAT en el término de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, deberá comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de...

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