Decreto Nro. 153 - EX-2020-05624763-GDEMZA-DIC-RENUNCIA DE ELIZABETH ELENA MARTIN

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición22 de Febrero de 2021

MENDOZA, 22 DE FEBRERO DE 2021

Visto el Expediente Nº EX–2020-05624763-GDEMZA-DIC, mediante el cual se tramita la renuncia presentada por la agente ELIZABETH ELENA MARTIN, a fin de acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria; y

CONSIDERANDO:

Que en orden 02 la agente ELIZABETH ELENA MARTIN, C.U.I.L. Nº 27-11580059-6, presentó su renuncia a partir del 20 de noviembre de 2020, al cargo que ocupaba en la Dirección de Informática y Comunicaciones dependiente del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, a fin de acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria;

Que en orden 08 se adjunta constancia de la suspensión de haberes en el sistema de sueldos;

Que en orden 09 obra informe de situación de revista emitido por la Subdirección de Personal del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia;

Que en orden 13 obra dictamen legal de Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia;

Que de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 12 del Decreto-Acuerdo Nº 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial, cuentan con sesenta (60) días hábiles a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual, la continuidad o no de su afiliación al citado organismo;

Por ello,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Téngase por aceptada la renuncia, a partir del 20 de noviembre de 2020, a la agente ELIZABETH ELENA MARTIN, C.U.I.L. N° 27-11580059-6, al cargo Clase 013, Subdirector (Efectivo), Código Escalafonario: 05-5-03-02, JURISDICCION 05-Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, UNIDAD ORGANIZATIVA 23- Dirección de Informática y Comunicaciones, por haberse acogido a los beneficios de la jubilación ordinaria por Ley Nº 24.241 y modificatorias A.N.Se.S.

Artículo 2º

La señora ELIZABETH ELENA MARTIN en el término de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, deberá comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no con el beneficio que otorga la citada institución.

Artículo 3º

Notifíquese el presente decreto a...

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